Guía herencias: testamentos, herederos, sucesiones y donaciones

Guía herencias: testamentos, herederos, sucesiones y donaciones. Herencias, testamentos, sucesiones y donaciones es información relevante para que en todo momento tengamos conocimiento de todo el mecanismo legal que rodea a la herencia, al proceso del testamento, cómo se confeccionan y a una serie de puntos que debemos conocer.

Guía herencias: testamentos, herederos, sucesiones y donaciones

Para facilitar la comprensión de todo este tema tan extenso y complejo, vamos a agrupar en esta guía todos los contenidos realizados de una manera detallada, partiendo desde el otorgamiento de la herencia a las distintas figuras legales que puede recurrir el testador y adjudicatario de una herencia en este farragoso proceso.

Concepto de herencia, tipos y formas de testamentos

La herencia es la transmisión de los bienes y derechos de una persona bien intervivos bien mortiscausa a unos terceros. En el caso de ser beneficiarios de una herencia, pasamos a ser parte de los herederos del patrimonio del causahabiente, pero esta herencia se puede aceptar o no y tenemos que tener en cuenta que existen distintos tipos de aceptación de las herencias.

Destacamos dentro de las aceptaciones de herencia los siguientes tipos:

  • Aceptación pura: en el que se funden los patrimonios del beneficiario y del transmitente.
  • Aceptación a beneficio de inventario: en el que se hereda el neto patrimonial de la herencia, una vez descontadas las cargas que recen sobre la herencia.

Confección de un testamento

El vehículo normal para transmitir nuestro patrimonio mortis causa es mediante la confección de un testamento. Un testamento es el documento que refleja la voluntad de transmisión del patrimonio del testador a sus herederos nombrados libremente por él.

Además de aspectos financieros y patromoniales, el testamento es una declaración solemne, unas últimas palabras y como documento libre, caben todas las expresiones que el testador quiera contemplar en este documento.

Registro General de Actos de Última Voluntad

Testamentos existen de múltiples tipos, formatos y procedimientos para llevarlos a cabo. El procedimiento más usual es la declaración testamental ante notario, como formalización del documento que se inscribe en el Registro General de Actos de Última Voluntad. Este registro nos sirve para conocer el número de testamentos realizados por una persona y frente a qué notarios han sido hechos.

El certificado de existencia o inexistencia de testamento es un paso obligatorio para proceder a la adjudicación de una herencia, dado que sólo tendrá validez el último testamento otorgado y no se podrán disponer de los bienes heredados hasta que la adjudicación testamentaria sea plena.

Herederos: forzosos, voluntarios y otras figuras jurídicas

El heredero es la persona física o jurídica que resulta como beneficiaria de una herencia por parte de un tercero. Además de los herederos voluntarios que puede nombrar el testador, existen otro tipo de herederos con derechos reales sobre el patrimonio a transmitir por parte del testador.

Este tipo de herederos con derechos reales, están reflejado en nuestro ordenamiento jurídico mediante la definición de unas figuras que son los herederos forzosos, con unas cuantías de herencia que no se pueden eliminar por parte del testador y que hay que respetar siempre para que el testamento y la transmisión de herencia sea válida.

Herederos forzosos

Los herederos forzosos están conformados por los ascendientes y descendientes del testador en distintos porcentajes y condiciones de nexo familiar. En el caso de formalización de un testamento que no respete el reparto de la herencia a los herederos forzosos mediante los mínimos legales establecidos, estos herederos pueden reclamar su parte legítima mediante la apertura de un procedimiento judicial al efecto.

En este sentido, el testador, puede optar a desheredar a una parte de sus herederos forzosos, pero los casos contemplados para proceder a desheredar son bastante concisos.

Son motivos para desheredar

  • La falta de alimentos sin motivo legítimo al titular que deshereda.
  • La comisión de un delito contra el testador.
  • Incumplir los deberes conyugales y familiares.
  • Aquellos casos en los que la patria potestad quede en entredicho.

Una vez definidas todas las posibilidades de transmisión patrimonial de herencias, es importante saber que se puede optar por formas singulares de transmisión de herencias como el legado.

El legado transmite sólo un derecho individual, libre de cargas y deudas y debe cumplir siempre con los requisitos mínimos de correspondencia patrimonial a los herederos legales.

Figuras adicionales en las herencias

Para finalizar, se definen dos términos jurídicos adicionales para completar el procedimiento legal de la transmisión de herencias. Estos términos son la colación y el albacea. La colación es el procedimiento de transmisión de una parte de la herencia a herederos forzosos intervivos. Este procedimiento se tiene en cuenta en los regalos de bodas de elevada cuantía, donaciones realizadas en vida y transferencias de capital o propiedades sin contraprestación económica.

Este procedimiento no es usual encontrarlo en las operaciones económicas, pero es un método de transmisión de propiedad tan válido como la adjudicación de herencia.

Nombrar la figura del albacea

Por último, para el caso de herencias muy complejas, con muchos bienes muebles y que requieran una custodia o cuidado especial, se puede nombrar la figura del albacea.

El albacea es la persona encargada de hacer cumplir nuestro deseo de transmisión de la herencia, el encargado de que llegue a buen puerto nuestras últimas voluntades y la persona que tiene que velar por la conservación y cuidado de nuestro patrimonio en todo el proceso de adjudicación de la herencia.

Como podemos ver, el campo de las herencias es un campo sumamente complejo, que requiere una preparación expresa, tanto para realizar un testamento como a la hora de materializar una adjudicación de herencia.

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