Cómo evitar heredar deudas

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Cómo evitar heredar deudas. Hay que tener en cuenta que se heredan los bienes y derechos pero también las obligaciones y cargos. De acuerdo con la normativa que regula las herencias, las deudas de una persona que fallece no se extinguen y los acreedores pueden ir contra los herederos, si estos han aceptado la herencia.

Cómo evitar heredar deudas

En España la legislación que se ocupa de las herencias en primer término es el Código Civil. El Título III, de las sucesiones, se establecen los pormenores de cómo son los testamentos, cómo hacerlos, cómo aceptarlos y cómo repudiarlos, entre otros conceptos.

En los artículos 981 y siguientes del Código Civil se establecen los derechos y obligaciones de los herederos, y es donde un sucesor encuentra la respuesta a la pregunta de si una deuda se hereda.

La ley establece que la herencia es un derecho y no una obligación. Por lo tanto que a una persona se le asigne como sucesora no implica que necesariamente vaya a disfrutar de la herencia, atendiendo a sus beneficios y deudas.

Una vez que el sucesor es informado de que figura en la herencia tiene varias opciones, que debe valorar atendiendo a si el testador dejo o no deudas.

Nadie está obligado a aceptar una herencia, ya que no solo se hereda el activo, sino también el pasivo. Quien recibe un legado se subroga a sus derechos y obligaciones como si fuera el causante y tiene que responder con sus bienes a las deudas de la misma.

Por ello, cuando hay dudas fundadas de que una herencia puede llevar consigo deudas (que estén acreditadas y sean exigibles por acreedores), la mejor solución para el heredero es rechazarla o aceptarla a beneficio de inventario.

Qué hacer cuando una herencia tiene deudas

Cuando se acepta una herencia se aceptan las deudas que el testador tenía en vida. Sin embargo, hay figuras de aceptación que permiten disfrutar de la herencia sin tener que hacer frente a la deuda.

Ante un testamento se pueden tomar tres actitudes:

  • Aceptar la herencia (deudas incluidas).
  • Rechazar la herencia (que pasaría al siguiente nivel de sucesores).
  • Aceptar la herencia a beneficio de inventario (disfrutando solo de la parte restante una vez atendidas las deudas).

Si se sabe a ciencia cierta que el testador no dejó ninguna deuda en vida se puede optar por aceptar la herencia, debiendo pagar los correspondientes impuestos sucesorios, que corresponde imponer a las Comunidades Autónomas. No obstante, se puede renunciar explícitamente a la herencia.

Pero hay que hacerlo con todas las consecuencias. Por ejemplo, si la herencia supone deudas, hay que expresar la renuncia ante notario y no disfrutar de ninguno de los bienes legados por el difunto: por ejemplo no se puede habitar la casa, ni conducir su coche, ni hacer uso de ningún bien que en vida perteneció al difunto.

El uso de cualquier bien legado supone la aceptación de la herencia, y con ella la aceptación de la deuda.

Aceptar una herencia sin deudas · Cómo evitar heredar deudas

Aceptar una herencia a beneficio de inventario es una alternativa a la renuncia y la aceptación. Supone aceptar la herencia con peros, en concreto lo que quede de los bienes una vez atendidas todas las deudas.

Esta opción es de la que se aprovecha el Estado cuando asume los bienes de personas que murieron sin herederos. Este es un derecho que se recoge en el artículo 998 del Código Civil.

Además, los herederos siempre pueden solicitar la formación de inventario antes de decidirse a aceptar o repudiar la herencia. El inventario es aconsejable, si se duda de la solvencia del fallecido y se considera que solo se responde de las deudas con el valor de los haberes de la herencia.

Para ello, se hace un inventario notarial o judicial de los bienes del difunto y se procede al pago de todas las deudas y cargas mediante la venta de esos haberes.

En resumen, con el beneficio de inventario se logra:

  • Limitar la responsabilidad del heredero: Éste sólo responderá de las deudas del fallecido hasta donde cubran los bienes de la herencia.
  • Limitar la titularidad de la herencia conforme a los bienes que la componen, no confundiéndose con los propios del heredero.
  • Conservar íntegras todas las acciones que el heredero tenía contra los bienes del difunto.
  • En caso de que existan deudas, estas se pagarán primero a los acreedores según el orden en que consten y se repartirán los bienes y derechos remanentes a los herederos.

Requisitos para aceptar herencia a beneficio de inventario

Para acogerse a esta figura jurídica es necesario cumplir una serie de requisitos:

  • Aceptación expresa de la herencia a beneficio de inventario mediante documento público ante el juez o ante un notario.
  • Formación del inventario judicial que se denomina caudal hereditario y que determina los bienes que forman parte del activo y las deudas que integran el pasivo.
  • El heredero que quiera acogerse al beneficio de inventario deberá manifestarlo ante el juez o el notario dentro de los 10 días siguientes tras saberse heredero, si reside en el lugar donde hubiese fallecido el causante, o dentro de los 30 días siguientes, si reside fuera.
  • Es necesario nombrar un administrador de los bienes quien realizará los pagos al acreedor y legatarios de forma ordenada, antes de entregar la herencia a los herederos.

Evitar heredar deudas · Cómo evitar heredar deudas

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