Conducir a velocidad excesiva

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Conducir a velocidad excesiva. La conducción a velocidad excesiva es un delito que puede ser castigado con pena de prisión de hasta 6 meses y retirada del permiso de conducir hasta 4 años. Sea cual sea la pena que imponga, irá acompañada de la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, por un tiempo superior a un año, y con un límite de hasta cuatro años.

Conducir a velocidad excesiva

Se tipifican como delito de conducción con exceso de velocidad punible las conductas consistentes en la conducción de vehículos de motor o ciclomotores superando en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana la velocidad establecida.

Es un delito doloso y no está prevista la modalidad imprudente. El dolo requiere que el sujeto activo sepa que conduce por una vía pública con una velocidad que excede los límites fijados en este artículo, y que ello supone un riesgo para la seguridad del tráfico.

Conducción a velocidad excesiva en el Código Penal

Artículo 379.1 del Código Penal:

El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor, a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana, o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de 3 a 6 meses, o con la de multa de 6 a 12 meses, o con la de trabajos en beneficio de la Comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

¿Qué pena lleva aparejada esta conducta?

En atención al caso concreto, el Juez podrá acordar como pena a este ilícito, conducción a velocidad excesiva, alguna de las siguientes:

  • La pena de prisión de tres a seis meses.
  • Pena de multa de seis a doce meses.
  • Pena de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

Debemos tener en cuenta por conducir a velocidad excesiva

Sea cual sea la pena que imponga, irá acompañada de la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, por un tiempo superior a un año, y con un límite de hasta cuatro años. Por lo tanto, en cualquier caso nos retiran el permiso de conducir, sea cual sea la pena con la que nos castiguen.

Recordar que este tipo de delitos se enjuician por lo que se conoce como juicios rápidos y normalmente con la conformidad del acusado y que generan, como delitos que son, antecedentes penales.

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Alvarez Abogados Tenerife

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