Pérdida puntos del carnet usando móvil

Pérdida puntos del carnet usando móvil. Desde la DGT ya han anunciado nuevas medidas para reformar el carnet por puntos y endurecer algunas sanciones como el uso del móvil al volante. Usar el móvil mientras se conduce podría suponer una retirada de entre cuatro y seis puntos, en lugar de los tres que implica actualmente. Esta situación empieza a ser una infracción muy habitual y directamente relacionada con la siniestralidad, ya que las distracciones son la primera causa de muerte en las carreteras españolas.

Puntos del Carnet – Infracciones usando el móvil

Desde la DGT advierten que se trata de un tema generalizado en Europa y que debe tener el reflejo una mayor dureza en las sanciones. Además, creen que el manos libres no es una buena opción ya que a pesar de no tener el móvil en la mano el ir hablando puede resultar una distracción igualmente. Por todo ello, las compañías de teléfono están planteando crear un modo coche al igual que el modo avión que ya existe, para intentar evitar las distracciones.

Endurecer las sanciones

La reforma que se pretende llevar a cabo quiere endurecer el castigo a las infracciones más repetidas y peligrosas, e intentar reducir al mismo tiempo aquellas menos frecuentes y no tan relacionadas con la siniestralidad. La Dirección General de Tráfico quiere que los cursos de recuperación de puntos sean más atractivos para animar a la gente a realizarlos, tomando medidas para los alumnos como sumar ocho puntos en vez de seis al cursarlo.

La idea principal es actualizar el carné por puntos, hacer un balance de los doce años desde su implantación y actualizarlo. Hasta 2016, 7,5 millones de conductores fueron multados por cometer alguna infracción que conllevaba la pérdida de puntos.

Además, desde la DGT, quieren centrarse en los colectivos más sensibles y desprotegidos que suponen el 46% de los fallecidos en 2017: peatones, ciclistas y motoristas. Se trata de una tendencia que va aumentando con los años por lo que hay que tomar medidas para frenarla.

La infracción más común sigue siendo el exceso de velocidad entre los conductores con un total del 46%. En segundo lugar, no llevar puesto el cinturón o los sistemas de seguridad infantil, seguido del uso de dispositivos y consumo de alcohol o drogas.

Permiso por Puntos – Tabla pérdida de puntos

¿Cuántos puntos puede perder si es sancionado por alguna de las infracciones de tráfico? A continuación, para su conocimiento, pasamos a informarte del número de puntos que puede perder si comete alguna de las infracciones siguientes:

Infracciones Puntos
1 . Conducir con una tasa de alcohol superior a la reglamentariamente establecida:
A) Valores mg/l aire espirado, más de 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,30 mg/l). 6
B) Valores mg/l aire aspirado,superior a 0,25 hasta 0,50 (profesionales y titulares de permisos de conducción con menos de dos años de antigüedad más de 0,15 hasta 0,30 mg/l) 4
2. Conducir bajo los efectos de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos. 6
3. Incumplir la obligación de someterse a las pruebas de detección del grado de alcoholemia, de estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes y otras sustancias de efectos análogos. 6
4. Conducir de forma manifiestamente temeraria, circular en sentido contrario al establecido o conducir vehículos en competiciones y carreras no autorizadas. 6
5. Circular por autopistas o autovías con vehículos con los que esté expresamente prohibido. 4
6. Sobrepasar en más de un 50 por ciento la velocidad máxima autorizada, siempre que ello suponga superar, al menos , en 30 Kilómetros por hora dicho límite máximo 6
7. El exceso en más del 50 por ciento en los tiempos de conducción o la minoración en más del 50 por ciento en los tiempos de descanso establecidos en la legislación sobre transporte terrestre 6
8. Conducir un vehículo con una ocupación que suponga aumentar en un 50 por ciento o más el número de plazas autorizadas, excluido el conductor salvo que se trate de autobuses urbanos o interurbanos. 4
9. Conducir un vehículo con un permiso o licencia que no le habilite para ello. 4
11. Conducir de forma negligente creando un riesgo cierto y relevante para los otros usuarios de la vía. 4
12. Exceder los límites de velocidad establecidos:
A) En más de 40 Km./h salvo que esté incurso en lo indicado en el apartado 4
B) En más de 30 Km./h hasta 40 Km./h 3
C) En más de 20 Km./h hasta 30 Km./h 2
13. Incumplir las disposiciones legales sobre prioridad de paso, y la obligación de detenerse en la señal de stop, y en los semáforos con la luz roja encendida . 4
14. Incumplir las disposiciones legales sobre adelantamiento poniendo en peligro o entorpeciendo a quienes circulen en sentido contrario y adelantar en lugares o en circunstancias de visibilidad reducida. 4
15. Adelantar poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas. 4
16. Efectuar el cambio de sentido incumpliendo las disposiciones recogidas en esta Ley y en los términos establecidos reglamentariamente. 3
17. Realizar la maniobra de marcha atrás en autopistas y autovías. 4
18. Aumentar la velocidad o efectuar maniobras que impidan o dificulten el adelantamiento por el conductor del vehículo que va a ser adelantado. 4
19. No respetar las señales de los agentes que regulan la circulación. 4
20. No mantener la distancia de seguridad con el vehículo que le precede. 4
21. Conducir utilizando manualmente el teléfono móvil, auriculares o cualquier otro dispositivo incompatible con la obligatoria atención permanente a la conducción en los términos que se determinen reglamentariamente. 3
22. Parar o estacionar en las curvas, cambios de rasante, túneles, pasos inferiores, intersecciones o cualquier otro lugar peligroso que constituya un riesgo a la circulación o los peatones en los términos que se determinen reglamentariamente. 2
23. Parar o estacionar en los carriles destinados para el transporte público urbano. 2
24. Conducir vehículos que tengan instalados mecanismos o sistemas encaminados a eludir la vigilancia de los agentes de tráfico, o que lleven instrumentos con la misma intención, así como la utilización de mecanismos de detección de radares. 6
25. Circular sin alumbrado cuando sea obligatorio o utilizarlo sin ajustarse a lo establecido reglamentariamente. 2
26. Conducir sin utilizar el cinturón de seguridad, el casco y demás elementos de protección o dispositivos de seguridad, en los casos y condiciones que se determinen reglamentariamente. 3
27. Circular con menores de 12 años como pasajeros de motocicletas o ciclomotores con las excepciones que se determinen reglamentariamente. 2

También le puede interesar:

Compartir:
Share on facebook
Facebook
Share on twitter
Twitter
Share on linkedin
LinkedIn
Share on whatsapp
WhatsApp
Share on telegram
Telegram
Alvarez Abogados Tenerife

Alvarez Abogados Tenerife

Abogados en Tenerife desde 1954. Abogados El Médano, en Granadilla de Abona, en Tenerife Sur. Nuestra amplia experiencia y formación nos avala. Referencia de la Abogacía en Canarias.