Defensa juicio penal: Retirada carnet conducir

Defensa juicio penal: Retirada carnet conducir. Conducir sin carnet de conducir es delito. Abogados expertos en Derecho Penal en Tenerife le asesoran y gestionan su defensa en el juicio penal sobre el Delito contra la Seguridad Vial en todo Tenerife. Conducir sin carnet, retirada vía judicial o desconocimiento.

Defensa juicio penal: Retirada carnet conducir

Conducir sin carnet, retirada vía judicial o desconocimiento

El Código Penal considera delito al que conduzca un vehículo a motor o ciclomotor sin carnet de conducir o habiendo sido privado del mismo por decisión judicial o por el sistema de pérdida de puntos.

Conducir un vehículo sin carnet, como también un ciclomotor, es un delito que viene castigado en el Código Penal en su artículo 384 que lo castiga con pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

Derecho Penal

El artículo 384 recoge: El que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días.

La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

Sanciones Vía Administrativa

Por la vía administrativa le llegará una multa, ya que está incurriendo en una infracción vial muy grave al llevar un ciclomotor o un vehículo a motor sin carnet de conducir. Así queda estipulado en el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Si va sin carnet porque lo tiene previamente retirado por una orden administrativa o judicial, le quitarán puntos. Estos puntos se le restarán cuando recupere el carnet de conducir. Es decir, que si después de un año de sanción vuelve a tener los 12 puntos, nada más recuperarlos le quedarán sólo ocho.

Sanciones Vía Penal

El artículo 384 del Código penal castiga al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, así como al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción.

Este delito pretende dar eficacia al derecho sancionador administrativo, tanto para reforzar el nuevo sistema de carnet por puntos, al castigar penalmente a quien perdidos los puntos conduzca, ya la privación del permiso de conducir por sanción administrativa, cuyo incumplimiento conduciendo a pesar de esa privación, ahora es delito.

Finalmente téngase en cuenta que se incurre en el delito por la mera acción de conducir sin estar habilitado para ello por los supuestos previstos en la norma, no exigiéndose además una conducción peligrosa, o simplemente antirreglamentaria, ni cualquier otro aditamento al mero incumplimiento de la medida judicial o administrativa que impide al autor legalmente conducir.

Supuestos en los que se pueden perder puntos en el carnet de conducir

Hay multitud de supuestos en los que se pueden perder puntos en el carnet de conducir y en general se trata de infracciones graves o muy graves, las más habituales son:

  • Conducir con un exceso de alcohol en sangre.
  • Conducir de forma temeraria, en sentido contrario o participar en carreras ilegales.
  • Conducir bajo los efectos de drogas o estupefacientes.
  • Realizar adelantamientos indebidos.
  • Realizar una maniobra de marcha atrás en autovía o autopista.
  • Efectuar un cambio de sentido en una zona prohibida.
  • No respetar la distancia de seguridad.
  • Conducir utilizando el teléfono móvil, programando el navegador, usando casos u otros dispositivos que distraigan la atención.
  • No utilizar el cinturón de seguridad.
  • Conducir teniendo el permiso suspendido o prohibido el uso del vehículo.
  • Conducir con un exceso de velocidad. Por ejemplo si conduce a 91 km/h en una vía con límite de 50 o a 191 km/h en una vía con límite de 120.
  • Rebasar un semáforo en rojo.

Consecuencias con el seguro

Además de estas multas o sanciones, conducir sin carnet puede tener graves consecuencias con tu seguro de automóvil: quien provoca un incidente mientras circula sin permiso se verá obligado a acarrear con los gastos del siniestro, es decir, al vehículo contrario, a sus ocupantes o a objetos y personas de la vía pública.

Depende de cada caso, pero suele ser así: la compañía aseguradora del coche acarrea con esos gastos pero luego se los reclama al conductor que circulaba sin permiso o, en su defecto, al tomador de la póliza.

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