Abogados viviendas sin entregar Tenerife

Abogados viviendas sin entregar Tenerife. Afectados viviendas inacabadas, sin entregar y sobre plano. Realizamos los trámites necesarios para recuperar su dinero y los intereses generados. Confíe en Profesionales del Derecho, somos abogados especialistas en viviendas sin entregar, inacabadas y sobre plano en Tenerife.

Abogados viviendas sin entregar Tenerife

Confíe en nuestros abogados para realizar su reclamación de vivienda no entregada, somos expertos en defender a todos aquellos compradores de una vivienda que nunca fue entregada. sobre plano e inacabada por su promotora o cooperativa.

No está todo perdido, muchas personas que confiaron en nosotros han recuperado su dinero. Hemos ganado la mayoría de sentencias en las que los Juzgados condenan a los bancos y aseguradoras a devolver a los compradores sus entregas a cuenta.

Plazo para reclamar una vivienda no entregada

Los afectados por una vivienda no entregada suelen dar su dinero por perdido, ya que en la mayoría de los casos, se produjo hace muchos años, por tanto, consideran que ya no hay opciones de recuperar lo que es suyo.

Sin embargo, aún sí que tiene posibilidades de reclamar ya que el plazo para que un cooperativista o comprador de una vivienda sobre plano pueda reclamar la devolución de su dinero al amparo de la Ley 57/68, salvo que hubiera pactado una fecha de entrega anterior, en cuyo caso el plazo terminará a los 15 años contados desde dicha fecha de entrega pactada.

Abogados viviendas sin entregar Tenerife

Esta normativa se aplica para aquellos que adquirieron su casa antes del 31 de diciembre de 2015, momento en el que entra en vigor de Ley 20/2015 e introduce algunos cambios respecto a los plazos de reclamación.

Las cantidades aportadas por los compradores sólo están garantizadas desde que la promotora o cooperativa obtiene la licencia de edificación, ya que hasta entonces no es obligatorio contratar el seguro o aval bancario.

Otro aspecto que introduce respecto del plazo de reclamación está relacionado con el periodo de garantía del aval, ya que, con la nueva norma, en el supuesto de que el comprador no reclame al aval en el plazo de dos años, desde el incumplimiento del promotor, ya no podrá solicitar al banco avalista la devolución de sus aportaciones.

Por tanto, si la compra de dicha vivienda sobre plano fue realizada antes de 1 de enero de 2016, aún está a tiempo de recuperar lo que es suyo.

Requisitos para la devolución del dinero invertido en la compra de vivienda en Tenerife

Primero, que previamente comunique al promotor de modo fehaciente (burofax), su voluntad de resolver el contrato de compraventa indicando como motivo la falta de entrega de la vivienda en el plazo establecido, requiriéndole asimismo la devolución de las cantidades entregadas a cuenta.

Una vez realizada dicha reclamación previa, el comprador podrá dirigir su reclamación bien al seguro o aval, o bien, de no existir este, al banco en el que se depositaron los anticipos. En este último caso, para que surja la responsabilidad del banco, es preciso:

  • Que las cantidades se hayan ingresado en una cuenta bancaria del promotor;
  • Que la ausencia de las garantías (seguro o aval) impida al comprador percibir del correspondiente banco o seguro la indemnización prevista en la Ley 57/68;
  • Y que el banco no haya cumplido con el deber de control que le impone la Ley 57/68, al no velar por que las entregas a cuenta que los compradores abonaban en las cuentas que el promotor mantenía en el banco estuviesen garantizadas conforme prevé la Ley.

Reclamaciones de viviendas no entregadas en Tenerife

En estos casos no está todo perdido, pues tenemos la posibilidad de recuperar el dinero que hemos entregado a cuenta. Si el promotor, cooperativa o comunidad de bienes ha cumplido con la legislación actual, ha debido contratar cualquiera de las garantías a las que se refiere la Disposición Adicional de la Ley de Ordenación de la Edificación desde la obtención de la licencia de edificación.

En este caso debemos estar tranquilos, pues las cantidades que hayamos entregado a cuenta están aseguradas y podremos recuperar nuestro dinero.

Supongamos que no se hubiesen contratado las correspondientes garantías, pues bien, en este caso sigue existiendo igualmente la posibilidad de recuperar las cantidades aportadas, pues tanto la legislación actual como la anterior contemplan este supuesto y descargan la responsabilidad sobre la entidad bancaria donde fueron confiados nuestros anticipos a cuenta de la vivienda; por tal motivo los afectados por esa falta de diligencia podrán recuperar su dinero y además los intereses correspondientes.

Defendemos sus derechos en viviendas no entregadas en Tenerife

Abogados viviendas sin entregar Tenerife

La solución legal viene dada por demandar, si fuera necesario, al banco en el que se depositaron nuestras aportaciones y que no exigió ni al promotor, ni a la comunidad de bienes ni a la cooperativa previamente un aval o un seguro que garantizase que se nos devolverían las cantidades aportadas en el caso de que no se nos entregase la vivienda.

Por lo tanto sea cual sea la situación en la que se encuentre (ya tenga las cantidades entregadas a cuenta avaladas, aseguradas o no) y aunque sea cooperativista o comunero, está siempre protegido y con nuestra ayuda legal puede recuperar las aportaciones entregadas a cuenta de la vivienda. En nuestro despacho estaremos encantados de asesorarle para que pueda reclamar su dinero con total seguridad jurídica.

También le puede interesar:

Compartir:
Share on facebook
Facebook
Share on twitter
Twitter
Share on linkedin
LinkedIn
Share on whatsapp
WhatsApp
Share on telegram
Telegram
Alvarez Abogados Tenerife

Alvarez Abogados Tenerife

Abogados en Tenerife desde 1954. Abogados El Médano, en Granadilla de Abona, en Tenerife Sur. Nuestra amplia experiencia y formación nos avala. Referencia de la Abogacía en Canarias.