Comunidades de Propietarios Tenerife: vecinos morosos. Impago gastos de la comunidad por vecino es algo bastante frecuente en comunidades de propietarios en Tenerife. El problema se agudiza en muchos casos cuando la comunidad es de pocos vecinos, o en tiempos de crisis, propietarios viviendas son bancos que se han adjudicado las viviendas por deudas pendientes.
Comunidades de Propietarios Tenerife: vecinos morosos
El responsable del pago de los gastos de la comunidad siempre será el propietario de la vivienda y nunca el arrendatario o cesionario, independientemente de lo que se haya pactado en el contrato de arrendamiento.
En caso de venta de la vivienda, la Ley de Propiedad Horizontal prevé que el nuevo dueño deberá responder de las deudas pendientes con la comunidad que se correspondan con el año natural de la compra así como de los tres años anteriores. Por este motivo, en las compraventas el vendedor aportará un certificado de estar al corriente de los gastos de comunidad.
Si se aprobaron gastos extraordinarios que se abonaran de forma diferida, el nuevo propietario deberá abonarlos cuando le sean exigibles por lo que conviene informarse antes de la compra si hay gastos extraordinarios pendientes de pago.
Impago Comunidades de Vecinos Tenerife
Ante un impago reiterado de los gastos de comunidad se puede iniciar un procedimiento judicial para reclamar las deudas. Lo primero que deberá hacerse es reclamar de forma fehaciente el pago de la deuda al vecino moroso. Lo más sencillo es hacerlo mediante burofax.
Si el propietario no atiende a ese requerimiento entonces habrá que iniciar la reclamación judicial mediante el procedimiento monitorio. Para ello habrá que previamente convocar una Junta General, para fijar la liquidación de la deuda y otorgar al Presidente la correspondiente autorización para reclamar judicialmente la deuda. Este extremo deberá constar en el Acta que se levante.
Para la adopción de medidas judiciales basta el voto de la mayoría de los propietarios teniendo en cuenta que los morosos no tienen derecho a votar y tampoco puede impugnar los acuerdos de la junta ante el juez.
Acto seguido el acuerdo adoptado en la Junta deberá ser notificado a todos los propietarios. El secretario que haya actuado en la Junta emitirá una certificación del acuerdo de la Junta aprobando la liquidación de la deuda que deberá ir firmada por el Presidente de la Comunidad.
Reclamación amistosa de la deuda
Lo más importante es tener clara la deuda, por lo que el administrador de la comunidad deberá cotejar el importe que se debe y los conceptos (gastos ordinarios y/o extraordinarios de comunidad).
A continuación, el administrador puede ponerse en contacto por teléfono con el propietario moroso e intentar un acuerdo de pago. Si el propietario incumple el pago, se podría enviar un burofax con acuse de recibo y certificado de texto.
El burofax que permite enviar una comunicación y tener un certificado de texto que puede utilizarse posteriormente en juicio y un acuse de recibo que prueba la recepción de la comunicación. En el burofax se debe detallar:
- El importe de la deuda.
- Los conceptos a los que corresponde cada importe.
- El plazo para pagar.
- La forma de pago.
- El anuncio de la presentación de la demanda en el caso de que no se pague en el plazo establecido.
Es aconsejable que el burofax lo redacte un abogado especializado en Comunidades de Propietarios y Propiedad Horizontal para que posteriormente pueda ser utilizado en una demanda judicial.
Pasos para reclamar impagos vía judicial
En el caso en que con todas las gestiones anteriores no se logre que el propietario pague la deuda será necesario dar una serie de pasos que son los siguientes:
- Lo primero que se tendrá que hacer es reunir a la Junta de Vecinos para aprobar, como uno de los puntos del orden del día, el importe que se debe y el inicio de acciones judiciales.
- El acta se deberá comunicar a todos los vecinos. En el caso en que el vecino moroso no reciba la notificación del acta de la junta, se deberá exponer en el tablón de anuncios de la comunidad.
- A continuación, se deberá elaborar un certificado del acta que se firmará por el Secretario de la Comunidad y por el Presidente.
- Con el certificado del acta se puede presentar la llamada petición inicial de procedimiento monitorio, que consiste en una demanda sencilla que se presenta ante el Juzgado que corresponda al domicilio del demandado (el vecino deudor) o al lugar en el que se encuentra el inmueble.
- Una vez que la demanda sea admitida por el juzgado se le comunicará al demandado que tendrá 20 días para:
- Pagar la deuda.
- Oponerse a la demanda aportando las pruebas que estime oportunas. En este caso la Comunidad deberá comenzar un proceso ordinario para reclamar la deuda.
Comunidades de Propietarios Tenerife: vecinos morosos
Tal y como has visto son pasos sencillos pero es importante contar con un asesoramiento de un especialista para no equivocarse y lograr cobrar la deuda. Si bien hay casos en los que no es obligatorio contar con los servicios de un abogado, sí es recomendable su intervención, ya que un abogado es quien mejor puede asesorar y actuar durante la tramitación del procedimiento, evitando preocupaciones innecesarias al cliente.
No olvidemos que el inmueble del moroso responde del pago de la deuda, por lo que en teoría, en un caso extremo podría solicitarse la venta en subasta del inmueble para que la comunidad pudiera cobrarse su deuda.
Por último, recordar que las entidades financieras propietarias de inmuebles deben pagar sus cuotas como cualquier otro vecino. Si no atienden a los requerimientos de pago, se puede iniciar una reclamación judicial, exigiendo como siempre las costas y los perjuicios que haya podido causar el impago.
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