Derechos puestos venta ambulante

Derechos puestos venta ambulante. La compra en los mercadillos y puestos es un hecho muy habitual y frecuente en todo el año, aunque su práctica se acentúa más en los meses de verano. En la variedad está el gusto. Esta es la premisa que se cumple en todas estas pequeñas ferias. Frutas y verduras, ropa, música, tecnología, etc.

Reclame sus derechos como consumidor. Derechos puestos venta ambulante.

Los productos son infinitos, al igual que las distintas estafas que pueden ocurrir. Al igual que en un comercio normal, el consumidor puede exigir una serie de derechos que no siempre se cumplen en estos tipos de mercados.

Para que no se dé, como coloquialmente se suele decir, un timo, a continuación, se muestran una serie de requisitos y derechos que los consumidores deben tener presentes y pueden exigir, sin ningún tipo de reparo, a los comerciantes; además de lo que se puede comprar y lo que no.

¿Qué se puede vender?

La venta ambulante sólo se puede llevar a cabo en lugares designados por las ordenanzas municipales. Por tanto, aquí no se incluyen los pedidos a domicilio, la venta a distancia, la que se lleva a cabo de manera ocasional y la automatizada por máquinas preparadas para tal efecto.

Por otra parte, las categorías de productos que acaparan la mayor parte de este comercio son la alimentación y el textil. Como regla general, la venta de ropa y calzado no suele estar sujeta a muchos requisitos, aunque sí deben ser productos originales y nada de falsificaciones ni robados. Todas las prendas deben tener su etiquetas, lo que indica que el objeto tiene garantía. En el caso de los alimentos, los vendedores deben tener el carné sanitario de expendedor.

¿Qué no se puede vender?

No se podrán adquirir aquellos productos que conlleven un riesgo sanitario para los consumidores. Por ello, suele quedar excluida la venta de carnes, aves y caza fresca, refrigerada y congelada; pescados y mariscos frescos; leche certificada y pasteurizada; derivados de los productos lácteos; pastelería y bollería rellena o guarnecida; pastas alimenticias frescas o rellenas; y anchoas, ahumados y semiconservas. Sólo se podrán comprar estos productos si están debidamente envasados.

Los derechos de los consumidores 

Hay que partir de la premisa de que, como comprador, se tiene los mismos derechos cuando compras en un puesto de venta ambulante que en un comercio tradicional. Entre otros aspectos, la lista de precios debe estar situada en un lugar visible y se puede exigir factura por ello, si la persona que compra lo considera oportuno puede pedirla y el vendedor no debe negársela.

También, el producto puede devolverse en un periodo de tiempo estimado si aquello que se ha adquirido no se encuentra en perfectas condiciones. En caso de tener algún problema, siempre se puede recurrir a solicitar la hoja de reclamaciones.

Otra cuestión a tener presente para que no se produzcan abusos es que los vendedores ambulantes legales están obligados a ofrecer mercancía en buenas condiciones -con sus cajas correspondientes- que, en ocasiones, sí pueden ser de temporadas pasadas.

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