Tipos de penas según Código Penal. Las penas se clasifican por: su naturaleza, por su gravedad y existe la categoría de penas accesorias. Clases de penas en el Código Penal antes y después de la reforma a los efectos de prescripción y cancelación de antecedentes penales.
Tipos de penas según Código Penal
El conocimiento de las clases de penas que existen en el Código Penal tiene su importancia para encuadrar la pena impuesta en sentencia (pena grave, menos grave, leve) y poder determinar, entre otras cuestiones, la prescripción de las penas, los plazos de cancelación de antecedentes penales, etcétera.
Con la reforma del Código Penal que se llevó a cabo en Julio de 2015, aumentaron los plazos de cancelación de antecedentes penales. A partir del 1 de julio de 2015 aumentan los plazos de cancelación de antecedentes penales.
Las penas según el artículo 33 del Código Penal, se clasifican atendiendo a su duración en penas graves, menos graves y leves. Tras la reforma, quedan comprendidas dentro de cada una de estas clases.
Tipos de penas según Código Penal.
Penas Graves
- Prisión permanente revisable.
- Prisión superior a cinco años.
- Inhabilitación absoluta.
- Inhabilitaciones especiales por tiempo superior a cinco años.
- Suspensión de empleo o cargo público por tiempo superior a cinco años.
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a ocho años.
- Privación del derecho a la tenencia y porte de armas por tiempo superior a ocho años.
- La privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo superior a cinco años.
- Prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.
- Prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo superior a cinco años.
- La privación de la patria potestad.
Penas Menos Graves
- Prisión de tres meses hasta cinco años.
- Inhabilitaciones especiales hasta cinco años.
- Suspensión de empleo o cargo público hasta cinco años.
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de un año y un día a ocho años.
- La privación del derecho a la tenencia y porte de armas de un año y un día a ocho años.
- Inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales de un año y un día a cinco años.
- Privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo de seis meses a cinco años.
- Prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.
- La prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de seis meses a cinco años.
- Multa de más de tres meses.
- Multa proporcional, cualquiera que fuese su cuantía, salvo lo dispuesto en el apartado 7 de este artículo.
- Trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y un días a un año.
Penas Leves
- Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de tres meses a un año.
- Privación del derecho a la tenencia y porte de armas de tres meses a un año.
- Inhabilitación especial para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales de tres meses a un año.
- Privación del derecho a residir en determinados lugares o acudir a ellos, por tiempo inferior a seis meses.
- La prohibición de aproximarse a la víctima o a aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses.
- Prohibición de comunicarse con la víctima o con aquellos de sus familiares u otras personas que determine el juez o tribunal, por tiempo de un mes a menos de seis meses.
- Multa de hasta tres meses.
- Localización permanente de un día a tres meses.
- Trabajos en beneficio de la comunidad de uno a treinta días.
Aumentan los plazos de cancelación de antecedentes penales
- Seis meses para las penas leves.
- Dos años para las penas que no excedan de 12 meses y las impuestas por delitos imprudentes.
- Tres años para las restantes penas menos graves inferiores a 3 años.
- Cinco años para las restantes penas menos graves iguales o superiores a 3 años.
- Diaz años para las penas graves.
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