Procedimiento monitorio para reclamar facturas impagadas. El procedimiento monitorio se encuentra regulado por la Ley de Enjuiciamiento Civil, siendo una vía rápida de reclamación de deudas de cualquier importe, a la que podemos acceder siempre que cumplamos con algunos requisitos básicos.
Procedimiento monitorio para reclamar facturas impagadas en Tenerife
Lo primero que debemos tener en cuenta es que para poder acceder a dicho procedimiento monitorio ante los tribunales civiles, la deuda cuyo pago solicitamos deberá ser exigible, de carácter monetario y debe estar vencida.
Deuda exigible
Tal y como hemos adelantado, la deuda deberá ser económica y su cuantía tiene que ser concreta. Por tanto, no se podrán reclamar derechos o contraprestación de servicios, sino dinero líquido.
Además, esta cantidad adeudada deberá estar vencida, lo cual significa que no se podrá acudir a este procedimiento para solicitar el pago de obligaciones que aún no se han concretado o pagos cuya fecha de vencimiento aún no ha llegado. En definitiva, la deuda debe ser muy específica y venir acompañada de los documentos probatorios necesarios para demostrar su existencia.
Documentos probatorios
Para poder acudir al tribunal civil deberemos poder probar la naturaleza de la deuda exigible, lo cual se puede hacer con algunos de los siguientes documentos:
- Factura.
- Albaranes, certificaciones, correos electrónicos, burofax y demás documentación, independientemente del soporte en el que se encuentren, que sean los habitualmente utilizados en la relación entre la acreedor y el deudor. También se podrán utilizar aquellos que aparezcan firmados o sellados.
- Documentos que acrediten la existencia de la relación comercial.
Estamos ante un proceso flexible, ya que en un principio se trasladará la deuda al deudor para que reconozca su existencia. Por último, será un juez el que emitirá un veredicto.
Abogados especialistas reclamación de deudas en Tenerife
La solicitud inicial deberá ser presentada por un abogado especialista en reclamación de deudas en el juzgado que corresponda al domicilio del demandado. Si desconocemos su domicilio debemos intentar localizarlo o informar al letrado para averiguar su paradero por otras vías o vía juzgado.
En el monitorio se deben aportar documentos probatorios de dicha deuda exigible. Las personas jurídicas o empresas además deben aportar la documentación que acredite dicha representación o facultad. Un abogado le ofrece un servicio jurídico personalizado y así aclarar todas las dudas que tenga sobre la reclamación de deudas.
Procedimiento monitorio para reclamar facturas impagadas en Tenerife
Una vez presentada la demanda, se inicia un proceso que normalmente dura varios meses según el juzgado, pues un funcionario judicial tendrá que localizar al deudor en persona, para comunicarle el procedimiento monitorio y poder dejar constancia del resultado.
Una vez notificado el deudor dispondrá de veinte días naturales para decidir entre las diferentes opciones legales con las que cuenta:
- Pago voluntario: representará el archivo del expediente una vez que se compruebe que se ha realizado el abono de la cuantía adeudada.
- Rechazo total o parcial de la deuda: el deudor emitirá un escrito en el que rechace la deuda o una parte de ella, en cuyo caso se iniciarán los procedimientos correspondientes según la cuantía (juicio oral u ordinario).
- Silencio: si el deudor no se manifestara en el plazo de veinte días naturales, el Secretario Judicial será el que fije el montante final de la deuda que se podrá incluir en un proceso de ejecución posterior.
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