Indemnización Accidente de Tráfico Tenerife

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Indemnización Accidente de Tráfico Tenerife. Para entender cómo se calcula una indemnización por accidente de tráfico, hemos de entender primero no sólo los principios inspiradores del nuevo sistema de valoración (baremo) sino también las modificaciones más importantes que se incluyen en la ley.

Indemnización Accidente de Tráfico Tenerife

En el presente post tratamos las novedades sobre la manera de calcular las indemnizaciones. Pero, teniendo en cuenta que las aseguradoras llegan a acuerdos entre ellas es probable que no le ofrezcan toda la indemnización que le corresponde y que calculado por usted mismo es complejo, aconsejamos el asesoramiento de un abogado externo que consiga el máximo de indemnización posible por los daños sufridos.

Baremo indemnización por Accidente de Tráfico en Tenerife

Con la entrada en vigor de la Ley 35/2015  de 22 de Septiembre de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, se introducen importantes modificaciones en los artículos 1,7,13 y 14 de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor.

Algunas de ellas relativas a la obligación de la víctima a mitigar el daño pero manteniendo en todos los supuestos el riesgo como título atributivo de la responsabilidad civil.

Otras importantes modificaciones se encaminan  y así se recoge en uno de los principios inspiradores de esta nueva ley; principio de reparación íntegra del daño, introduciendo y valorando aspectos no incluidos en anteriores baremos como por ejemplo la pérdida de la calidad de vida.

Hemos de enunciar otro importante principio del sistema de valoración; la vertebración del daño. Dicho principio destaca la importancia y necesidad de valorar por separado los daños patrimoniales y no patrimoniales.

Reglas y límites del sistema de valoración del daño

Sin olvidar la objetivación en la valoración, es decir, cualquier indemnización se fijará conforme a las reglas y límites que se establecen en el sistema de valoración del daño. Según el artículo 34 LRC serán indemnizables los supuestos de muerte, secuelas y las lesiones temporales.

Para cuantificar estos supuestos acudiremos a sus correspondientes tablas tabla I , II y III respectivamente y a su vez cada tabla incluye separadamente la reparación de perjuicio personal básico , los perjuicios personales particulares y los perjuicios patrimoniales.

En las indemnizaciones por causa de lesiones habrá que acudir al baremo médico y al baremo económico para determinar el perjuicio personal básico (sistema de puntos).

En el caso de indemnización por causa de muerte hay que destacar otra novedad en la nueva ley; se reconocen cinco categorías como perjudicados en caso de fallecimiento: cónyuge viudo, ascendientes, descendientes, hermanos y allegados.

Cómo se calcula una indemnización por accidente de tráfico en Tenerife

Los factores más importantes para calcular las indemnizaciones por accidentes de tráfico son entre otros los días impeditivos, días de hospitalización, incapacidad temporal que como hemos visto determinan el lucro cesante (en el caso de los días impeditivos) y en otros casos como por ejemplo el perjuicio estético valoran circunstancias excepcionales de los daños sufridos y que el baremo, atendiendo a la vertebración del daño, quiere cuantificar de forma separada.

Indemnización por latigazo cervical: Esguince cervical

Los otros dos supuestos resarcibles; secuelas y lesiones temporales, se corresponden con un mismo daño que sufre el afectado que puede manifestarse en dos momentos distintos de la curación: el primero se manifiesta desde el momento de producirse el accidente hasta la propia curación (lesión temporal) y en el segundo caso este “daño” comienza después de la curación: la secuela.

Los dos supuestos son indemnizables en sus respectivas tablas y cada uno de ellos valora el perjuicio personal básico, el particular y el perjuicio patrimonial.

Latigazo cervical y cervicalgia en Tenerife

Centrándonos en las lesiones, una de las más frecuentes es sin duda el latigazo cervical que sucede cuando al sufrir un impacto, por ejemplo en la parte posterior del vehículo, la cabeza realiza un brusco movimiento hacia adelante y hacia atrás pudiendo derivar en ocasiones en roturas de ligamentos o en hernias.

En los casos que se sufra un latigazo cervical se pueden tener derecho a indemnizaciones que rondan los 3.000 euros si atendemos a lesiones temporales y a un total de 4.800 euros si valoramos la secuela propia de esta lesión, estaríamos hablando de una cervicalgia.

Existen otras lesiones o secuelas con derecho a indemnización tales como latigazo dorsal y lumbar, politraumatismos y fracturas. Todas ellas pueden además de provocar incapacidad temporal desembocar en secuelas de diversa índole.

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