Delito fiscal, concepto y requisitos

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Delito fiscal, concepto y requisitos

Se considera delito contra la Hacienda Pública estatal, autonómica, foral o local, el hecho de eludir el pago de tributos, no declarar tributos, obtener indebidamente devoluciones o disfrutando de beneficios fiscales impropiamente.

Para que el fraude fiscal se considere delito, la cantidad defraudada debe exceder de 120.000 euros. Se castiga con una pena de prisión de uno a cinco años y multa del tanto al séxtuplo de la suma indicada.

Tipos de Fraude Fiscal

Es muy importante tener en cuenta que para que esas conductas sean delito, es necesario que la cuantía de la cuota defraudada, el importe no ingresado de las retenciones o ingresos a cuenta, o de las devoluciones o beneficios fiscales indebidamente obtenidos, exceda de 120.000 €.

Existen modalidades agravadas; es decir, conductas que son también fraude fiscal pero que debido a circunstancias concretas se consideran más graves que la modalidad básica, y por ello su pena es mayor.

Las modalidades son las siguientes:

  • La cuantía de la cuota defraudada exceda de 600.000 €.
  • La defraudación se haya cometido en el seno de una organización criminal.
  • Que se para defraudar hayan utilizado sociedades pantalla, personas interpuestas, o paraísos fiscales; es decir, que se haya dificultado u ocultado a la persona realmente responsable del delito o su patrimonio.

Quién puede cometer delito fiscal

El fraude fiscal es un delito especial, porque solo lo puede cometer quien está obligado por la norma tributaria. Por ello, puede ser sujeto activo tanto una persona física como una persona jurídica, dependiendo de quién sea la obligada a pagar un tributo, practicar retenciones, etc.

Engloba varias conductas:

  • Eludir el pago de tributos, cantidades retenidas o que se hubieran debido retener o ingresos a cuenta. Actualmente es muy común que se produzca la elusión del pago de impuestos por medio de los paraísos fiscales.
  • Obtener indebidamente devoluciones o disfrutar indebidamente de beneficios fiscales.
  • Los Jueces incluyen también el ocultar de la Hacienda Pública elementos patrimoniales adquiridos ilícita o delictivamente.

Cuál es la Pena por Fraude Fiscal

La pena por fraude es diferente según la clasificaciones expuestas en el apartado anterior:

  • Tipo básico del fraude fiscal: prisión de uno a cinco años y multa, así como la prohibición de obtener subvenciones, ayudas públicas, o beneficios fiscales o de la Seguridad Social durante tres a seis años.
  • Tipos agravados de fraude fiscal: prisión de dos a seis años y multa, así como la prohibición de obtener subvenciones, ayudas públicas, o beneficios fiscales o de la Seguridad Social durante cuatro a ocho años.
  • Fraude de subvenciones: prisión de uno a cinco años y multa.

Prescripción del delito

El delito fiscal contra la Hacienda Española se distinguiría entre el general y el agravado.

  • General será aquel que ha supuesto una defraudación de más de 120.000€ de cuota. La prescripción sería a los 5 años.
  • El agravado es aquel en que la cuantía de la cuota defraudada exceda de 600.000€ o se haya cometido la defraudación en el seno de una organización o de un grupo criminal. La prescripción sería a los 10 años y no a los 5.

Regularización tributaria

Para evitar los efectos del delito fiscal, se va a exigir que el contribuyente satisfaga no solo la cuota tributaria defraudada, sino la deuda tributaria exigida, es decir,  además se han de incluir los intereses de demora devengados y la sanción impuesta. No servirá como excusa absolutoria la mera presentación de las declaraciones sin ingreso, sino que será, necesario ingresarlo todo.

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