¿Qué es la competencia desleal?

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¿Qué es la competencia desleal? La competencia desleal es aquella parte del derecho mercantil que define el límite de la conducta empresarial de todo tipo, en orden a mantener un equilibrio en el mercado conjugando la libertad de empresa, la libre competencia, el interés colectivo de los consumidores y el interés público.

¿Qué es la competencia desleal?

La competencia desleal es un comportamiento empresarial que consiste en llevar a cabo prácticas de dudosa honestidad con el objetivo de obtener un beneficio a cambio como, por ejemplo, aumentar la cuota de mercado o eliminar a la competencia.

Hay que tener en cuenta que estas acciones “contrarias a la buena fe” no tienen por qué representar siempre un delito como tal. A veces, son legales, pero producen un efecto negativo en el mercado. Volvamos al ejemplo del inicio. La venta de productos o servicios por un precio inferior al coste final es una de las prácticas de competencia desleal más comunes.

Con el llamado dumping de precios, la empresa en cuestión gana rápido una legión de clientes y elimina a los demás negocios de la competencia. Poco después se convierte en la única alternativa del mercado, por lo que tiene capacidad para manipular a los consumidores a su antojo.

¿Qué es la competencia desleal?

Sin embargo, este no es el único tipo de competencia desleal.

Otras formas posibles son:

  • Engañar a los consumidores haciéndoles creer que el producto o servicio tiene un precio diferente al real.
  • Crear una dependencia económica de los proveedores y aprovecharla a su favor. Es decir, si la mayor parte de las ventas del proveedor son a esta determinada empresa, se considera competencia desleal que esta le exija unas condiciones injustas sabiendo que no tendrá más remedio que aceptarlas. Por ejemplo, obligarle a bajar los precios o reducir los márgenes de tiempo para la producción.
  • Difundir información falsa sobre los competidores o denigrar sus productos y servicios con el objetivo de dañar su imagen.
  • Confundir al consumidor con una imagen similar a la de la competencia para que los clientes compren en esa empresa pensando que se trata de la del competidor.
  • Explotar la reputación ajena (industrial, comercial o profesional) que otra empresa haya adquirido en el mercado buscando un beneficio propio.
  • Violar secretos industriales o profesionales a los que se haya tenido acceso, tanto de forma legítima como ilegítima.

Acciones contra actos de competencia desleal

Contra los actos de competencia desleal, incluida la publicidad ilícita, podrán ejercitarse las siguientes acciones:

  1. Acción declarativa de deslealtad.
  2. Acción de cesación de la conducta desleal o de prohibición de su reiteración futura. Asimismo, podrá ejercerse la acción de prohibición, si la conducta todavía no se ha puesto en práctica.
  3. Acción de remoción de los efectos producidos por la conducta desleal.
  4. Acción de rectificación de las informaciones engañosas, incorrectas o falsas.
  5. Acción de resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados por la conducta desleal, si ha intervenido dolo o culpa del agente.
  6. Acción de enriquecimiento injusto, que sólo procederá cuando la conducta desleal lesione una posición jurídica amparada por un derecho de exclusiva u otra de análogo contenido económico.

En las sentencias estimatorias de las acciones previstas en el apartado anterior, números 1 a 4, el tribunal, si lo estima procedente, y con cargo al demandado, podrá acordar la publicación total o parcial de la sentencia o, cuando los efectos de la infracción puedan mantenerse a lo largo del tiempo, una declaración rectificadora.

Aspectos más importantes de la competencia desleal

En este sentido, no cabría señalar como abusivo el acto que no tendiera a:

  • Hacer que el consumidor medio elija una u otra oferta u oferente.
  • Forzar a la contratación, o a hacerlo de un modo determinado.
  • Imponer una forma de pago.
  • Obligar a la conservación de bienes o servicios adquiridos o contratados.
  • Abstenerse de ejercitar derechos contractuales o propios de los consumidores.

Así, la práctica desleal es la que merma la capacidad de decisión del consumidor medio. Lo que implica una protección extra cuando el público al que pretende afectarse tiene afectada su capacidad de comprensión.

Es decir, el acto que podría no ser desleal con respecto a un público tecnificado o formado podría serlo con respecto a un público infantil o más crédulo, por ejemplo.

¿Cómo actuar ante la competencia desleal?

Se entiende por legitimación activa la capacidad que la ley concede a los afectados, amenazados o perjudicados por las prácticas y conductas desleales dentro del mercados para aplicar las acciones que sean oportunas y que aparezcan reflejados en el artículo 32.1 de la Ley 3/1991, de 10 de enero. En cuanto al resarcimiento de los daños, es indispensable acogerse a lo dictado por el artículo 11.2 de la Ley 1/2000 de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

Ya solo nos queda decir que la competencia desleal, dentro del ámbito del derecho mercantil, prescribe en el plazo de un año contado a partir del momento en el que empieza a ejercerse o de aquel en el que el afectado tuvo conocimiento de que se estaba produciendo.

Además, también prescriben a los 3 años de la finalización de la conducta, si es que esta se ha producido.

¿Qué es la competencia desleal?

Puede actuar de dos formas:

  • Poner una demanda judicial por competencia desleal en el Juzgado de lo Mercantil. En este caso, necesitará probar que la empresa ha realizado los actos de competencia desleal por los que la está denunciando y, además, que ha obtenido un beneficio de ellos. Si gana el juicio, la compañía tendrá que cesar esa actuación desleal y deberá pagar una indemnización por daños y prejuicios.
  • Poner una denuncia administrativa por alguna infracción concreta que haya cometido la empresa. Si resulta muy complicado demostrar la competencia desleal, a veces la vía más sencilla es denunciar algún hecho en particular que vulnere las normas. Por ejemplo, si sabe que tiene empleados sin contrato puede presentar una denuncia directamente a la Inspección de Trabajo para que actúe.

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Alvarez Abogados Tenerife

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