Suspensión del cumplimiento de la pena

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Suspensión del cumplimiento de la pena. El Juez podrá acordar la suspensión del cumplimiento de la pena si el condenado reúne una serie de requisitos previstos en el Código Penal. Supuesto general de suspensión de penas privativas de libertad. Confíe en abogados especialistas del Derecho Penal en Tenerife.

Suspensión del cumplimiento de la pena

Cuando los jueces dictan una sentencia condenando a pena privativa de libertad (ejemplo, pena de prisión), tienen la facultad de acordar la suspensión del cumplimiento de la pena si se cumplen una serie de requisitos que vienen establecidos en el Código Penal.

Es frecuente escuchar en los medios de comunicación en las que se informa que los autores de determinados delitos, a pesar de haber sido condenados, no van a entrar en prisión, ya que se va a proceder a suspenderles las penas privativas de libertad. Vamos a explicar los requisitos que han de cumplirse para la suspensión de las penas privativas de libertad.

La suspensión del cumplimiento de la pena es una facultad del Juez, lo que quiere decir que aunque se den los requisitos para suspender la pena, el Juez puede acordar, previa motivación, que el culpable cumpla la pena impuesta; aunque repetimos, su decisión debe ser motivada y además puede recurrirse ante la Audiencia Provincial.

Requisitos para la suspensión del cumplimiento de la pena

Lo habitual es que el Juez acuerde la suspensión de la pena de prisión si atendiendo al caso concreto, se cumplen los requisitos legales para ello. La regulación de la suspensión del cumplimiento de la pena aparece en los artículos 80 a 87 del Código Penal.

Requisitos Subjetivos: Serán valorados por el Juez

Entre los requisitos subjetivos del penado para proceder a la suspensión de la PENA impuesta, el artículo 80 Código Penal, dice que el Juez valorará las circunstancias del delito cometido, las circunstancias personales del penado, sus antecedentes penales, su conducta posterior al hecho, en particular su esfuerzo para reparar el daño causado, sus circunstancias familiares y sociales, y los efectos que quepa esperar de la propia suspensión de la ejecución y del cumplimiento de las medidas que fueren impuestas.

Requisitos Objetivos: Serán condiciones necesarias para la suspensión

1. Que el condenado haya delinquido por primera vez. A tal efecto no se tendrán en cuenta las anteriores condenas por delitos imprudentes o por delitos leves, ni los antecedentes penales que hayan sido cancelados, o debieran serlo con arreglo a lo dispuesto en el artículo 136.

Tampoco se tendrán en cuenta los antecedentes penales correspondientes a delitos que, por su naturaleza o circunstancias, carezcan de relevancia para valorar la probabilidad de comisión de delitos futuros.

2. Que la pena o la suma de las impuestas no sea superior a DOS AÑOS, sin incluir en tal cómputo la derivada del impago de la multa.

3. Que se hayan satisfecho las responsabilidades civiles que se hubieren originado. Este requisito se entenderá cumplido cuando el penado asuma el compromiso de satisfacer las responsabilidades civiles de acuerdo a su capacidad económica, y sea razonable esperar que el mismo será cumplido en el plazo prudencial que el juez o tribunal determine.

Tiempo de duración de la suspensión de la pena privativa de libertad

La suspensión podrá durar entre tres meses y un año en penas leves,  de dos a cinco años en penas graves, y de tres a cinco años en el supuesto especial de suspensión de penas privativas de libertad inferiores a cinco años.

Durante el plazo de la suspensión, no se podrá cometer ningún delito, y en caso de que se haya impuesto alguna condición especial, deberán respetarse las mismas. En caso de que esto no se cumplan estas exigencias, se revocará la suspensión, y el autor del delito tendrá que cumplir la pena impuesta.

Consideración

La última Reforma del Código Penal permite a los Jueces ser más flexibles a la hora de acordar la suspensión del cumplimiento de la condena. No dude en contactar con nosotros, confíe en abogados especialistas Derecho Penal en Tenerife, confíe en Alvarez Abogados Tenerife.

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