Ley Enjuiciamiento Criminal será aprobada en el Senado. La norma impone plazos para la instrucción judicial, elimina el término imputado y obliga a proteger la imagen de los detenidos. Se han incorporado cambios en el nuevo artículo que regula la protección de la imagen, el honor y la intimidad de los detenidos.
Ley Enjuiciamiento Criminal será aprobada en el Senado
El Senado aprobará en su Pleno de esta semana la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), que impone a los jueces plazos para la instrucción y modifica el término judicial «imputado», que pasará a denominarse «investigado» en una primera fase y «encausado» si se mantiene la acusación a medida que avanza la investigación.
La cámara baja debatirá los dos proyectos de ley en los que se ha dividido la norma, uno de Ley Orgánica y otro de Ley Ordinaria, en los que también se incluyen modificaciones dirigidas a evitar la conocida como ‘pena de telediario’ por difusión en los medios de imágenes de los detenidos durante su arresto y traslado posterior.
La reforma prevé un periodo ordinario de seis meses de instrucción en causas sencillas y de 18 en complejas, con la posibilidad de prorrogarlo hasta los 36 meses. Aunque en un principio dejaba en manos de la Fiscalía el control de la duración de las causas, esta iniciativa ha cambiado en su trámite parlamentario.
El Ministerio Público ya no será la única parte que podrá solicitar prórrogas al plazo, ya que se amplía al resto de personados en el procedimiento, la posibilidad de pedir una prórroga del tiempo.
Se considerarán complejos los delitos cometidos por grupos u organizaciones criminales, los que tengan por objeto numerosos hechos punibles, involucren a gran cantidad de sujetos pasivos o de víctimas, exijan la realización de pericias que impliquen el examen de abundante documentación o complicados análisis, impliquen realizar actuaciones en el extranjero, precisen revisar la gestión de personas jurídicas privadas o públicas, o sean por terrorismo.
Protección de la imagen de los detenidos
Además, durante el trámite parlamentario en el Senado se han incorporado cambios en el nuevo artículo que regula la protección de la imagen, el honor y la intimidad de los detenidos en el momento en que se practique su arresto y en los traslados posteriores, con la intención de «asegurar el respeto a sus derechos constitucionales» y evitar lo que se ha dado en llamar ‘pena de Telediario’.
Los cambios introducidos en la redacción de la disposición garantizarán el derecho a la información.
La Lecrim aporta también novedades en las medidas de investigación tecnológica que, según el ministro de Justicia, compatibilizan los derechos de las «personas investigadas» con las medidas de los investigadores. Se amplía la interceptación de comunicaciones –que afectará a WhatsApp, SMS, escuchas ambientales– con la autorización judicial valorando principios de especialidad, excepcionalidad, idoneidad y proporcionalidad.
La regla general es que para acordar una medida de intervención o registro de las comunicaciones de cualquier clase que se realice, a través del teléfono o de cualquier otro medio o sistema de comunicación telemática, lógica o virtual, se requerirá autorización judicial. El juez accederá siguiendo los principios de especialidad, excepcionalidad, idoneidad, necesidad y proporcionalidad de la medida.
También se introducirán novedades relativas a la incomunicación de los arrestados. Se ha introducido la obligación de que los jueces justifiquen en un auto su decisión de autorizar este tipo de detención.
Además, se ha incluido la obligación de que los arrestados incomunicados sean sometidos a dos revisiones médicas cada 24 horas para comprobar su estado físico y psíquico.
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