Derechos del detenido por delito. Desde el momento que una persona es detenida, por la presunta comisión de un delito, tiene una serie de derechos que no deben quedar en un mero trámite de la propia detención, sino que han de ser rigurosamente respetados para garantizar la defensa del detenido.
Derechos del detenido por delito
Examen de las actuaciones antes de prestar declaración
Una de las modificaciones más significativas en los derechos del detenido, respecto a la regulación anterior, consiste en que, antes de prestar declaración, tiene derecho a examinar las actuaciones, salvo que se encuentren bajo secreto de sumario o, el examen, suponga una amenaza grave para la vida, derechos fundamentales o interés público importante.
Entrevista entre abogado y detenido
Aunque ya se suponía que era así, ahora se establece, expresamente, que todas las conversaciones entre abogado y detenido son confidenciales. Si alguna de ellas es grabada, se ordenará su inmediata eliminación, salvo que se trate de conversaciones en la que se constante indicios objetivos de participación del abogado en el hecho criminal investigado.
Asistencia al detenido por Abogado
Las novedades de los nuevos derechos del detenido es que el abogado, puede acceder, al igual que el detenido a las actuaciones antes que empiece la declaración, además tiene derecho a entrevistarse con el detenido antes de dicha declaración. Incluso la ley preve la entrevista entre abogado y detenido por teléfono o videoconferencia, si, por cuestiones geográficas, la presencia del abogado no se puede dar de manera inmediata.
El abogado debe personarse en las instalaciones policiales o judiciales, para la asistencia al detenido, en un plazo máximo de 3 horas desde que haya sido contactado. La asistencia por el abogado debe seguir un protocolo de actuación que garantice todos estos nuevos derechos, destacando la entrevista personal con el detenido, antes de la declaración.
Comunicación telefónica con un tercero
El detenido tiene derecho a comunicarse telefónicamente, de manera inmediata, con un tercero, para indicarle su detención. A diferencia de la regulación anterior, la ley sí prevé expresamente que esa conversación telefónica se haga en presencia de la policía o un funcionario designado por el Juez.
Derechos del detenido
El resto derechos del detenido son los ya conocidos: Derecho a ser informado de los hechos que se le atribuyan; Derecho a designar libremente abogado; Derecho a intérprete gratuito; Derecho a guardar silencio, no declarar y no contestar a preguntas y Derecho a no declarar contra sí mismo y a no confesarse culpable.
Traslados del detenido
A fin de evitar situaciones de exposición pública de la detención, la ley señala que, en todos los traslados, se velarán por los derechos constitucionales al honor, intimidad e imagen de los detenidos, con respeto al derecho fundamental a la libertad de información.
Detención ilegal (Habeas Corpus)
El artículo 1 de nuestra Carta Magna consagra como valor superior de nuestro ordenamiento la libertad. Por su parte, el art. 17 de la Constitución Española, establece:
“Toda persona tiene derecho a la libertad y a la seguridad”. Se garantiza y tutela el derecho a libertad personal y a la seguridad, entendiéndose como tal el conjunto de acciones que despliega una persona para desarrollar sus acciones vitales; acciones que no pueden verse afectadas por ningún tipo de injerencia externa, exceptuando, entre otras, aquellas que establece el artículo 490 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, por lo que la principal finalidad que persigue la figura del habeas corpus es garantizar y proteger el derecho a la libertad y a la seguridad de las posibles injerencias que se puedan realizar por los agentes públicos o privados fuera de los cauces y procedimientos establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Una vez que se produce dicha injerencia en la libertad de determinada persona, éste puede instar el procedimiento habeas corpus que tiene un efecto instantáneo: la puesta inmediata a disposición judicial del privado de libertad.
Al ser un procedimiento especial por razón de la materia, el Órgano Juzgador competente estudiará la legalidad tanto sustantiva como adjetiva de la detención, no entrando a conocer otros aspectos relacionados (p.ej: comisión de un delito de detención ilegal), finalizando con un auto en el que pone fin o modifica la situación privativa de libertad.
Abogados Derecho Penal Tenerife
Somos abogados expertos en Derecho Penal, en caso de que fuera necesaria nuestra intervención y defensa del detenido contacte con nuestros abogados. Puede contactar vía telefónica o mediante el servicio de consultas jurídicas de nuestra web.
Alvarez Abogados es un despacho de abogados en El Médano, Granadilla de Abona, Tenerife Sur y ofrecemos nuestros servicios legales en todos los partidos judiciales de Tenerife desde 1954, con amplia experiencia y ejercicio profesional.
También le puede interesar:
- Guía Juicio Rápido de Delitos
- Juicios más Frecuentes
- Derecho de presunción de inocencia
- Abogados Penalistas Tenerife: Derecho Penal
- Detenido debe conocer causa arresto policial
- Asistencia al detenido en sede policial y judicial
- Abogados Penalistas Tenerife. La mejor defensa
- Procedimiento de Habeas Corpus
- Prueba en Procedimiento Penal
- Derechos que asisten al detenido
- Abogados Violencia de Género Tenerife
- Delitos por posesión y consumo de drogas
- ¿Qué hacer ante una Citación Judicial?
- La detención ilegal
- Abogados cerca de mí
- El Derecho de Defensa
- Ofrecimiento de acciones al ofendido o perjudicado
- Confidencialidad entre abogado y cliente
- ¿Qué debo hacer si me han detenido?
- Protegemos sus derechos en Tenerife
- Abogados juicios rápidos Tenerife
- Juzgado de lo Penal Tenerife
- Despacho Abogados Penalistas Tenerife
- Mejor Abogado Penalista Canarias