Injurias y calumnias en Tenerife

Injurias y calumnias en Tenerife. Delitos de Injurias y calumnias en el Código Penal español. Nuestros abogados expertos en Derecho Penal en Tenerife le darán las pautas y le informan de todo el proceso a seguir en caso de que haya sufrido injurias y calumnias. No lo dude y conozca las diferencias entre ambos conceptos que muchos confunden.

Injurias y calumnias en Tenerife

Las Injurias y Calumnias están recogidos en el título dedicado por el Código Penal a los delitos contra el honor. Ahora veamos las diferencias y similitudes para que no tengamos confusión entre dichos delitos.

Ambas conductas el Código Penal, nos revela que la ley las equipara en algunas cuestiones, aunque evidentemente, ambas figuras tienen importantes diferencias.

Diferencias entre injurias y calumnias

Si atendemos a qué conductas se castigan, el Delito de Calumnias se cometerá cuando una persona le imputa a otra la comisión de un hecho delictivo con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio de la verdad.

En cambio el Delito de Injurias lo que castiga son aquellas conductas o expresiones que una persona realiza contra otra y consiste en la imputación de hechos o manifestación de opiniones que atenten contra la dignidad de una persona, lesionando su fama, honor o propia estimación, exigiéndose un ánimo de injuriarla.

Las penas para los delitos de injurias y calumnias son distintas, ya que mientras para el delito de injurias se prevé una pena de multa que oscila entre 3 y 14 meses (dependiendo de si se han hecho con publicidad o no), para las calumnias la pena será de prisión de 6 meses a 2 años o multa de 6 a 24 meses (dependiendo igualmente de si se han propagado con publicidad).

Aspectos comunes de las injurias y calumnias

  • Si las injurias y calumnias se hacen mediante publicidad, se considerará en ambos casos como delitos graves (se considera que se han realizado por medio de publicidad, la divulgación a través de los medios de comunicación pública o de masas, como por ejemplo a través del periódico, de una página web, redes sociales, etc.)
  • Los delitos de injurias y calumnias cometidas entre particulares requieren para su persecución por los Juzgados que se presente querella criminal (no basta la denuncia salvo cuando se dirijan las ofensas o calumnias contra un funcionario sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos), la Policía o el Juzgado no puede actuar.
  • Antes de poner una querella por delito de  injurias o calumnias es necesario que se haya celebrado o intentado acto de conciliación entre las partes (artículos. 278 y 804 Ley de Enjuiciamiento Criminal). En caso contrario, no será admitida la querella si no se acompaña la certificación del preceptivo acto de conciliación.
  • El perdón del ofendido extingue la acción penal en las injurias y calumnias.
  • En los delitos de injurias y calumnias se considerará que la reparación del daño comprende la publicación o divulgación de la sentencia condenatoria, a costa del condenado por tales delitos.
  • Si el acusado de un delito de injurias y calumnias se arrepiente ante el Juez y reconoce por tanto los hechos que se le imputado por el perjudicado, se le impondrá la pena inferior en grado.

Como se denuncia el delito de calumnia o injuria

El delito de calumnia e injuria solo pueden ser denunciados, en virtud de querella de la persona ofendida por el delito o de su representante legal. Se procederá de oficio cuando la ofensa se dirija contra funcionario público, autoridad o agente de la misma sobre hechos concernientes al ejercicio de sus cargos.

En los delitos contra el honor, el perdón del ofendido o de su representante legal, en su caso, extingue la acción penal sin perjuicio de lo dispuesto en el segundo párrafo del número 5º del apartado 1 del artículo 130 del Código Penal.

En los delitos contra el honor de calumnia o injuria se considera que la reparación del daño comprende también la publicación o divulgación de la sentencia condenatoria, a costa del condenado por tales delitos, en el tiempo y forma que el Juez o Tribunal consideren más adecuado a tal fin, oídas las dos partes.

La exceptio veritatis permite al acusado de un delito de injuria o calumnia quedar eximido de responsabilidad penal demostrando la verdad de las imputaciones realizadas y por las que se le inculpa del delito.

Libertad de expresión y el derecho al honor

La Constitución española recoge en su artículo 18.1 el derecho al honor como derecho fundamental, también lo hace en su artículo 20.1 para la libertad de expresión. Dicho artículo dice: A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

En la Constitución el artículo 20.1.a) reconoce como derecho fundamental el de expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.

Al mismo tiempo, el artículo 18.1 de la Constitución reconoce con igual grado de protección el derecho al honor. El Tribunal Constitucional ha definido su contenido afirmando que este derecho protege frente a atentados en la reputación personal entendida como la apreciación que los demás puedan tener de una persona.

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Un delito contra el honor es aquel por el cual se realiza o profiere una expresión que conlleva la emisión de una opinión con el propósito de dañar la honorabilidad de un sujeto.

En concreto, el Derecho Penal establece dos tipos diferentes: la injuria y la calumnia. En Alvarez Abogados Tenerife somos abogados expertos en Derecho Penal en Tenerife, no lo dude y confíe en profesionales del Derecho. Contacte con nuestro servicio de Consultas Jurídicas y Cita Previa.

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