Jueces son flexibles con Ley Segunda Oportunidad. Una sentencia abre la puerta a muchas personas que hubieran entrado en concurso de acreedores hace año para que soliciten la exoneración de sus deudas sin necesidad de un plan de pagos.
Jueces son flexibles con Ley Segunda Oportunidad
El sobreendeudamiento que atraviesan muchas personas en España hizo que el Gobierno lanzara diferentes medidas para mejorar su situación. La más llamativa fue la Ley de Segunda Oportunidad, aprobada en julio de este año, y que ya está teniendo su reflejo en los tribunales.
El Juzgado de lo Mercantil número 8 de Barcelona ha dado un paso más a través de una reciente sentencia que abre la puerta a muchas personas que hubieran entrado en concurso de acreedores hace años. Así, determina que puedan beneficiarse de la exoneración de deudas prevista en la Ley de Segunda Oportunidad sin cumplir el denominado «camino largo», es decir, el sometimiento a un plan de pagos.
Pagando sus deudas y deben ser deudores de buena fe
La sentencia estima que la pareja ya lo ha hecho al haber estado pagando sus deudas hasta ahora, por lo que no tiene sentido imponerles cinco años más. En su caso, recuerda que se trata de unos deudores de buena fe, por lo que no tiene sentido la «cadena perpetua que supera cualquier lógica y razón» que les supondría estar aún pagando durante 32 años, tras haber sido embargados todos sus bienes.
De la misma opinión es Elisa Escolà, asociada sénior del departamento de reestructuraciones e insolvencias de Jausas, quien recuerda, sin embargo, que la exoneración no llega a los créditos públicos pendientes con Hacienda o la Seguridad Social, con quienes «sólo queda negociar después de haber conseguido un plan de pagos de los deudas ordinarias».
Los abogados aconsejan seguir este camino a aquellas personas físicas con una deuda tan abultada que sólo les interese ir a concurso o a aquellos avalistas que se han visto arrastrados por una sociedad que ha entrado en concurso.
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