Derecho Sucesiones Tenerife

Derecho Sucesiones Tenerife. El derecho de sucesiones o derecho sucesorio es una parte del derecho privado que se encarga de definir cómo y a quién se transmiten los derechos, obligaciones y bienes de una persona cuando fallece. Es lo que se conoce como sucesión mortis causa o por causa de muerte, normas en reparto bienes y derechos, testamentos, qué hacer en caso de que no existiese o motivos por los que los potenciales herederos no pueden suceder a una persona.

Derecho Sucesiones Tenerife

El fallecimiento de una persona da lugar a la apertura de su sucesión y al llamamiento a su herencia de todos aquéllos que tengan derecho a la misma, quienes, si la aceptan, se subrogarán en la posición jurídica que tenía el causante, ocupando su lugar respecto a los bienes, derechos y obligaciones de los que aquél fuera titular y que no se extingan por su muerte.

Por ello, a la hora de determinar el contenido del caudal hereditario dejado por una persona, será necesario analizar detenidamente cada elemento, y en este punto resulta realmente conveniente ser asesorado por un especialista en Derecho Sucesorio.

En nuestro despacho obtendrá asesoramiento tanto en materia extrajudicial, cuando sea posible llegar a un acuerdo satisfactorio para el cliente, como cuando haya que comparecer ante un procedimiento judicial en materia sucesoria.

Derecho de suceder tras el fallecimiento

  • El artículo 744 del Código Civil, dice que Podrán suceder por testamento o abintestato los que no estén incapacitados por la Ley.
  • Los derechos a la sucesión de una persona se transmiten desde el momento de su muerte (artículo 657 Código Civil).
  • La herencia comprende todos los bienes, derechos y obligaciones de una persona que no se extingan por su muerte (artículo 659 Código Civil).
  • Se llama heredero al que sucede a título universal, y legatario el que sucede a título particular.

Herederos forzosos

Los herederos forzosos son:

  • Los hijos y descendientes respecto de sus padres y ascendientes.
  • A falta de los anteriores, los padres y ascendientes respecto de sus hijos y descendientes.
  • El viudo o viuda en la forma y medida que establece el Código Civil.

Orden de sucesión de no haber testamento

  1. Hijos y descendientes.
  2. Padres y ascendientes.
  3. Cónyuge.
  4. Hermanos e hijos de hermanos.
  5. Resto de parientes colaterales hasta el cuarto grado de consanguinidad.
  6. El Estado.

Abogado Especialista en Sucesiones en Tenerife

En Alvarez Abogados Tenerife somos abogados expertos en Derecho Sucesorio y Herencias en Tenerife. Expertos en Herencias, Testamentos, Últimas Voluntades, Derechos Sucesorios, Impugnación del Testamento, Cuaderno Particional en Tenerife. Somos especialistas en Derecho Sucesorio y expertos en Asesoramiento de Herencias.

No lo dude, contacte ahora con nuestros abogados especialistas en Derecho Sucesiones en Tenerife. Le asesoramos y gestionamos su herencia, consulte con nuestros expertos. La tramitación de una sucesión reviste una notable complejidad, confíe siempre en Profesionales del Derecho, confíe en Alvarez Abogados Tenerife.

También le puede interesar:

Compartir:
Share on facebook
Facebook
Share on twitter
Twitter
Share on linkedin
LinkedIn
Share on whatsapp
WhatsApp
Share on telegram
Telegram
Alvarez Abogados Tenerife

Alvarez Abogados Tenerife

Abogados Tenerife desde 1954. Abogados El Médano, Abogados Granadilla de Abona, Tenerife Sur, Islas Canarias. Despacho de Abogados en Tenerife. Amplia experiencia nos avala.