¿Ha comprado un camión entre 1997 y 2011?

Afectados cártel camiones por sobrecoste en sus precios. Reclame ahora por el sobreprecio que ha pagado de más en la compra de una cabeza tractora o camión rígido de más de 6 toneladas. MAN, VOLVO, RENAULT, MERCEDES-DAIMLER, IVECO, DAF y SCANIA. No importa que ya haya vendido el camión o que lo haya adquirido mediante leasing. Reclamación para camiones nuevos no de segunda mano.

¿Afectado por Cártel de Camiones?

Todos los afectados por el cártel de camiones por haber comprado, entre los años 1997 y 2011, vehículos de categoría media o pesada tienen derecho a reclamar una indemnización por el sobreprecio pagado por sus vehículos. Se trata sólo de camiones a partir de seis toneladas y la vía para hacer esa reclamación es una demanda judicial ante los tribunales españoles.

La Comisión Europea impuso en julio de 2016 una multa de 2.930 millones de euros a las citadas marcas por prácticas ilegales de cártel, es decir, por pactar los precios en lugar de competir entre sí.

Durante más de diez años, los fabricantes de camiones, MAN, VOLVO, RENAULT, MERCEDES-DAIMLER, IVECO, DAF y SCANIA, han pactado precios y cómo cumplir con los estándares de emisiones:

¿Cómo puede reclamar el sobreprecio pagado por su camión?

Tanto el autónomo como la empresa transportista pueden interponer una reclamación de daños y perjuicios contra los fabricantes de camiones por el sobreprecio pagado por la compra de estos vehículos entre los años 1997 y 2011.

Los fabricantes implicados son: DAF, DAIMLER, IVECO, MAN y VOLVO/RENAULT. La indemnización consistiría en ese sobreprecio pagado más los intereses correspondientes. El precio medio de compra por vehículo oscila entorno a 70.000 euros. Este dato, con el efecto cártel (incluyendo el interés legal de dinero) permite calcular que la posible indemnización sobre el precio original de compra por camión podía oscilar entre el 15-20 por ciento.

¿Dónde reclamar?

La reclamación se basa en la responsabilidad extracontractual de estos fabricantes y puede reclamarse ante los tribunales españoles. Los juzgados españoles serían competentes para reconocer una demanda de daños y perjuicios contra los fabricantes.

El plazo para reclamar quedó abierto el pasado 6  de abril momento en que la Comisión Europea publicó su resolución sancionadora sobre el cártel de camiones.

Desde ese momento se abrió el plazo para que los afectados puedan presentar sus reclamaciones por los perjuicios ocasionados. El plazo para presentar reclamación por el cártel es de 5 años. Se encuentra en plazo para proceder con dicha reclamación judicial.

Ley de Defensa de la Competencia. Sanción Europa

El pasado 19 de julio de 2016 la  Comisaria de Competencia de la Unión Europea  anunció la imposición – mediante una Decisión de la Comisión – de una multa histórica de 2.930 millones de euros a los fabricantes de camiones MAN, VOLVO/RENAULT, DAIMLER, IVECO Y DAF por pactar precios a escala europea sobre camiones de más de 6 toneladas.

Estos acuerdos colusorios incluyeron acuerdos o prácticas concertadas sobre la fijación de precios y los aumentos de precios brutos con el fin de alinear los precios brutos en el EEE y el calendario y la repercusión de costes para la introducción de las tecnologías de emisiones exigida por las normas EURO 3 a 6.

La infracción abarcó la totalidad del EEE y duró desde el 17 de enero de 1997 hasta el 18 de enero de 2011.  Y esta Decisión faculta a todo perjudicado a reclamar una indemnización por daños y perjuicios a los integrantes del cártel de camiones.

El pasado septiembre de 2017 se confirmaba una multa de 881 millones de euros a SCANIA por haber llevado a cabo las mismas prácticas que el resto de los fabricantes ya señalados como integrantes del cártel.

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