A la espera del Supremo sobre hipotecas IRPH: ¿El fin de la incertidumbre para un millón de familias? La cuenta atrás ha comenzado para cerca de un millón de familias españolas. Desde el pasado 1 de octubre de 2025, el Tribunal Supremo ha mantenido en vilo al sector bancario y a los consumidores al deliberar sobre la posible nulidad del Índice de Referencia de los Préstamos Hipotecarios (IRPH).
A la espera del Supremo sobre hipotecas IRPH
Esta decisión, que se espera inminente, no solo pondrá fin a años de litigio, sino que definirá el futuro económico de miles de hogares y podría suponer un gran impacto para la banca. Nos encontramos ante un momento crucial donde la legislación española se somete a la lupa del criterio comunitario, marcando un punto de inflexión en el Derecho Bancario. La clave de esta deliberación no radica en la legalidad per se del índice, que es un índice oficial, sino en la falta de transparencia con la que fue comercializado por las entidades financieras.
El criterio que marca el camino: La doctrina del TJUE de Diciembre de 2024
Para comprender la trascendencia de este momento, debemos mirar a la Justicia Europea. La histórica Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de diciembre de 2024, ha sido el revulsivo que ha forzado al Supremo a revisar y corregir su propia doctrina anterior.
El TJUE ha sido categórico: la simple publicación de un índice de referencia en el Boletín Oficial del Estado (BOE) no exime a los bancos de su deber de transparencia material. Para que una cláusula de un contrato hipotecario que contiene el IRPH sea válida, el banco debe haber facilitado al consumidor:
- Información clara y comprensible: Explicación detallada y accesible sobre el método de cálculo del IRPH.
- Evolución histórica: Mostrar la trayectoria del índice y compararla con otros índices comunes, como el Euríbor, para que el cliente pudiera prever las consecuencias económicas.
- Advertencias sobre particularidades: Informar al consumidor sobre cualquier advertencia que la propia autoridad emisora del índice (el Banco de España) hubiera hecho sobre sus características o particularidades.
En esencia, el criterio europeo refuerza que si un consumidor no fue informado adecuadamente sobre las implicaciones económicas y el funcionamiento del IRPH, este índice puede ser considerado abusivo y, por tanto, nulo.
La esperanza en el Supremo
Desde Alvarez Abogados Tenerife, despacho de abogados experto en Derecho Bancario, albergamos la firme esperanza de que la próxima sentencia del Tribunal Supremo se alinee de forma definitiva y sin ambigüedades con este criterio europeo. Una resolución en este sentido significaría luz verde para que miles de personas con hipotecas referenciadas al IRPH puedan reclamar su nulidad y la devolución de las cantidades abonadas de más con plenas garantías.
Pautas y características clave: ¿Por qué el IRPH es controvertido?
El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) ha sido, durante años, una alternativa al Euríbor, pero con una diferencia sustancial en su cálculo y resultado. A continuación, desglosamos las características que lo han convertido en una fuente de litigios:
| Característica | Descripción de la controversia | Consecuencia para el consumidor |
| Cálculo influenciable | Se calcula a partir de los tipos de interés medios aplicados por el conjunto de entidades bancarias, lo que, según las voces críticas, permitía a las propias entidades influir en su valor al incluir sus propias ofertas. | El índice siempre ha tendido a situarse por encima del Euríbor, resultando en cuotas hipotecarias significativamente más altas. |
| Opacidad | La complejidad de su fórmula y la falta de una explicación clara por parte de los bancos generó una situación de desequilibrio contractual, donde el consumidor desconocía el verdadero impacto económico. | Falta de transparencia material que contraviene la Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas en contratos con consumidores. |
| Desventaja económica | Históricamente, el IRPH ha sido un índice sistemáticamente más alto que el Euríbor, provocando que los prestatarios hayan pagado miles de euros de más a lo largo de la vida del préstamo. | Daño económico cuantificable que es objeto de la reclamación de nulidad. |
¿Qué implica la nulidad?
Si la cláusula que contiene el IRPH es declarada nula por el Tribunal Supremo, la consecuencia lógica, de acuerdo con la doctrina del TJUE, debe ser la sustitución de ese índice abusivo por otro legal que no perjudique al consumidor.
- Sustitución: El índice más probable, en línea con las últimas sentencias de instancia, sería el Euríbor más un diferencial (el diferencial aplicado en el contrato original, si lo hubiera, o el diferencial medio de mercado). En casos extremos, algunos juzgados han optado por aplicar un interés del 0% si no existe un índice sustitutivo legal adecuado.
- Devolución de cantidades: El banco deberá recalcular todas las cuotas pagadas desde la firma de la hipoteca con el nuevo índice sustitutivo y devolver al consumidor la diferencia resultante, más los intereses legales. Las cuantías a devolver, según la casuística de los tribunales de instancia, oscilan entre 10.000 € y 40.000 € de media, pudiendo ser superiores.
Apartados de interés para el afectado por IRPH: Resolviendo dudas
La incertidumbre es la principal preocupación de los afectados. Abordamos a continuación las preguntas más comunes que buscan aclarar los usuarios:
1. ¿Cómo saber si mi hipoteca está referenciada al IRPH?
Para saber si su hipoteca está afectada, le recomendamos revisar su escritura de préstamo hipotecario. En el apartado de Tipo de Interés Variable o Índice de Referencia, debe buscar si se menciona explícitamente el «IRPH Cajas», «IRPH Bancos» o, el más común actualmente, «IRPH Conjunto de Entidades» o simplemente «IRPH».
2. ¿Prescribe la acción para reclamar la nulidad del IRPH?
No. La acción de nulidad de una cláusula abusiva es imprescriptible. La Directiva europea y la jurisprudencia consolidada establecen que la cláusula abusiva es nula de pleno derecho desde el inicio y no puede convalidarse con el paso del tiempo. Usted puede reclamar la nulidad de la cláusula IRPH y la devolución de las cantidades cobradas de más, incluso si su hipoteca ya está totalmente pagada o cancelada.
3. ¿Qué sucede si el Supremo no se alinea con el TJUE?
Si bien es poco probable que el Supremo ignore el criterio de su superior europeo, una postura contraria generaría un nuevo conflicto. En ese caso, la vía de reclamación seguiría abierta. Los consumidores afectados podrían interponer un recurso de casación o un incidente de nulidad que, muy probablemente, llevaría a una nueva cuestión prejudicial ante el TJUE. La última palabra en materia de protección al consumidor y cláusulas abusivas en la UE la tiene el Tribunal de Justicia de Luxemburgo.
4. ¿Qué debo hacer AHORA mismo, a la espera del fallo?
La prudencia y la preparación son esenciales. Recomendamos tres pasos:
- Localizar su documentación: Reúna su escritura de préstamo hipotecario y los recibos de pago.
- Buscar asesoramiento especializado: Póngase en manos de un despacho de abogados con experiencia, pericia y autoridad demostrada en Derecho Bancario para analizar su caso de forma individualizada y determinar la estrategia procesal óptima una vez se publique la sentencia del Supremo.
Recomendación profesional: La experiencia de Alvarez Abogados Tenerife
Ante la complejidad técnica y la continua evolución de la jurisprudencia en Derecho Bancario, es fundamental que confíe su reclamación a verdaderos especialistas.
Alvarez Abogados Tenerife es un despacho con una trayectoria consolidada y una confianza labrada en la defensa de los consumidores frente a los abusos bancarios. Nuestra pericia y experiencia en la materia nos permite ofrecerle un análisis riguroso de su caso de IRPH, garantizando la máxima fiabilidad en el proceso de reclamación.
Le instamos a no esperar más. El inminente fallo del Tribunal Supremo creará un precedente de gran magnitud. Estar preparado con el respaldo legal adecuado es la clave para asegurar el éxito de su reclamación.
Nuestra especialización en Derecho Bancario
En Alvarez Abogados Tenerife, somos especialistas en la recuperación de cantidades indebidamente cobradas por las entidades bancarias. Nuestra área de especialización abarca un amplio espectro de reclamaciones:
- Hipotecas con IRPH: Reclamación de nulidad y devolución de excesos pagados.
- Cláusula Suelo: Nulidad y recuperación de intereses.
- Gastos Hipotecarios: Reclamación de los gastos de tasación, notaría, registro y gestoría.
- Seguros Vinculados a Hipoteca Abusivos: Nulidad de seguros de vida, hogar y por impago, impuestos.
- Tarjetas Revolving y Microcréditos: Reclamación de intereses usureros por la aplicación de la Ley de Represión de la Usura.
- Préstamos Compra Vehículo Abusivos.
- Última Cuota Hipoteca Abusiva.
- Productos Financieros Complejos: Reclamaciones por Swaps, Derivados Financieros, Acciones, etc.
Ponga su caso en manos de profesionales que entienden y dominan la legislación española y el criterio europeo. Contamos con la autoridad y la experiencia necesarias para llevar su reclamación de IRPH a buen puerto.
A la espera del Supremo sobre hipotecas IRPH
Conclusión y próximos pasos
El fallo del Tribunal Supremo sobre el IRPH no es solo una sentencia, sino el reconocimiento de los derechos de miles de consumidores que han sufrido un desequilibrio contractual. El criterio del TJUE de diciembre de 2024 ha marcado la hoja de ruta: la transparencia es innegociable.
Para el consumidor, esta es la oportunidad definitiva para restablecer la justicia económica en su hipoteca. La expectación es máxima, y la recomendación es clara: la preparación profesional es su mejor defensa. Le animamos a tomar la iniciativa. Permita que Alvarez Abogados Tenerife revise su caso sin compromiso.
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