Falsificación obras de arte

La falsificación de arte es la creación y venta de obras de arte que se atribuyen falsamente a otros artistas, generalmente más famosos. Cuanto más dinero mueve el mercado, más obras fraudulentas aparecen. La falsificación de arte ha afectado al sector durante muchos años y se cree que cada día sale al mercado una nueva falsificación.

Falsificación obras de arte

La falsificación de obras de arte es uno de los temas más analizados desde diversas disciplinas. El simple hecho de falsear una pieza artística no es un delito per se en nuestro Código Penal.

Se ha reclamado la tipificación específica de la falsificación de obras de arte por la doctrina, al margen de su persecución como estafa o como un delito contra la propiedad intelectual, aunque no se concreta normalmente por los autores si debe tipificarse de manera autónoma, ampliar la actual agravación de la estafa o cuál debería ser su correcta ubicación sistemática.

Sin embargo, la realidad nos muestra que este fenómeno está en constante aumento tanto en cantidad como en intensidad. Esto se debe a varios factores que contribuyen a su crecimiento progresivo. Por un lado, la tecnología actual facilita la creación de imitaciones. Además, los beneficios económicos por la venta de obras falsas han aumentado considerablemente. La globalización del mercado ilícito a través de internet y la rapidez en el transporte también han influido en este problema. La facilidad para ocultar las obras falsas y la falta de criterios técnicos uniformes utilizados por los expertos para certificar la autenticidad son otros factores relevantes.

Además, algunos sistemas económicos especulativos fomentan el saqueo de obras auténticas. También existe una falta de recursos materiales y personal capacitado para perseguir eficazmente estos delitos, a pesar del esfuerzo realizado por organizaciones como Interpol, fiscales especializados y unidades de la Policía Judicial.

Falsificaciones de arte

Lo cierto es que parece lógico que estas situaciones pudieran integrarse con normalidad en el ámbito de las agravaciones específicas de los delitos contra el patrimonio, concretamente como una forma agravada de estafa, en atención a que su objeto material se amplíe y se refiera no solo a los bienes que objetivamente se integren o deban integrarse en el Patrimonio Histórico Español sino también a cualesquiera falsificaciones de bienes culturales que superen el nivel de una mera réplica o imitación; todo ello al margen de algunas situaciones de plagio que podrían merecer la misma consideración.

Otra posible solución, quizá la más lógica desde una perspectiva sistemática, teniendo en cuenta la dispersión que reina en nuestro Código Penal en la tutela del Patrimonio Histórico, vendría determinada con la creación de un nuevo Capítulo referido a la falsificación de bienes culturales integrado en el Título XVIII del libro II del Código Penal que viene genéricamente referido a las falsedades y engloba tipologías de falsificación de moneda y documental, al margen de la usurpación del estado civil o funciones públicas y del intrusismo.

Obras de arte falsificadas

La estafa con obras de arte ocurre cuando alguien engaña a otra persona con el fin de obtener dinero al venderle una obra de arte falsa. Esta persona comete una acción para engañar a la víctima, haciéndole creer que la obra es auténtica, lo cual lleva a que la víctima compre la obra falsa y pierda su dinero.

Los elementos típicos del delito de estafa son los siguientes:

  • Un engaño precedente o concurrente.
  • Dicho engaño ha de ser bastante para la consecución de los fines propuestos, y con suficiente entidad para provocar el traspaso patrimonial.
  • La producción de un error esencial en el sujeto pasivo, desconocedor o con un conocimiento inexacto de la realidad por causa de la, mendacidad, del agente, determinante del vicio de voluntad facilitador del desplazamiento patrimonial que le subsigue.
  • Un acto de desplazamiento patrimonial, con el consiguiente perjuicio para el sujeto pasivo.
  • El nexo o relación de causalidad entre el engaño provocado y el perjuicio sufrido.
  • El ánimo de lucro, elemento subjetivo del injusto que consiste en la intención de obtener cualquier enriquecimiento de índole patrimonial.

El delito de estafa ocurre cuando alguien vende una obra de arte falsa haciéndola parecer auténtica y original del autor. Engañan al comprador al atribuirle características a la obra de arte que en realidad no tiene. Esto provoca un engaño significativo en la persona que compra la obra, quien realiza una transacción económica. Hay varias formas de estafa en el mundo del arte, pero la más común es la falsificación de la autenticidad, aunque también puede involucrar la falsedad de otras características de la obra.

Falsificación de bienes culturales

Falsificación de obras de arte, olvidando la referencia más general y correcta a la falsificación de bienes culturales. Hay que tener en cuenta que aquella terminología, siempre más limitada, aproximaría la conducta a situaciones de plagio y que no todas las obras de arte son bienes culturales ni todos los bienes culturales son obras de arte.

Además, quizá habría que distinguir si tales bienes falsifican el previamente existente y formalmente protegido como bien de interés cultural y ya catalogado o, por el contrario, nos encontramos ante una simple imitación, copia o réplica o bien ante una pieza inspirada en otras piezas antiguas ya conocidas pero carente de una referencia original y expresa.

Falsificación obras de arte

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