Condenada tras quedarse un premio ingresado por error

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Condenada tras quedarse un premio ingresado por error. La entidad bancaria afectada ingresó por error en la cuenta de una clienta 30.000 euros de un premio que le corresponden a otro cliente. Ella, tras percatarse del ingreso, «y con pleno conocimiento de que el dinero no le pertenecía», según la sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia del 29 de julio de 2015, realiza varios reintegros en ventanilla y cajero, y transfiere 26.000 euros a una nueva cuenta que abre en la misma entidad.

Condenada tras quedarse un premio ingresado por error. Propietario legítimo

Tras subsanar su error y devolver los 30.000 euros a su legítimo propietario, la entidad reclama a la acusada 4.200 euros (la diferencia entre el total del premio y el dinero en poder de la acusada recuperado).

La sentencia, de la que es ponente la magistrada Casas Herraiz, ratifica la condena impuesta en primera instancia: una pena de cinco meses de multa, con una cuota diaria de 6 euros. Además, le impone la devolución de los 4.200 euros, más intereses, en concepto de responsabilidad civil.

Cálculo de la multa

En el fallo, la Audiencia expone que la defensa no ha ofrecido «elementos de hecho» que permitan concluir que la condenada se encuentra en situación de «indigencia, miseria o similares», únicos supuestos en los que la jurisprudencia del Tribunal Supremo admite la imposición de la cuantía mínima de dos euros diarios de multa.

En su recurso de apelación, la defensa había solicitado su rebaja, algo que la sentencia rechaza. La magistrada Casas Herraiz recuerda que la couta impuesta de 6 euros, «está mucho más cercana al mínimo posible de dos euros diarios, que al máximo, establecido en 400 euros».

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