Consulta Abogados: Gastos de la comunidad. Estoy al corriente en el pago de los gastos de comunidad de propietarios en Tenerife, pero ahora me indican que, en una auditoría, les aparece como pendiente de abono el tercer trimestre de 2020. Yo no guardo ya esa documentación. ¿Pueden obligarme a su pago? Le respondemos ahora.
Consulta Abogados: Gastos de la comunidad
Procedimiento monitorio para comunidades de vecinos
La utilización del procedimiento monitorio requerirá la previa certificación del acuerdo de la Junta aprobando la liquidación de la deuda con la comunidad de propietarios por quien actúe como secretario de la misma, con el visto bueno del presidente, siempre que tal acuerdo haya sido notificado a los propietarios afectados en la forma establecida en el artículo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal.
Una vez instado el procedimiento monitorio, el Juzgado conocedor le dará traslado de la demanda y sus documento adjuntos, disponiendo usted del plazo de 20 días hábiles, bien para abonar la deuda bien para manifestar su oposición y los motivos de la misma.
Una vez presentada su oposición, se acordará la apertura del procedimiento verbal (u ordinario en su caso), pudiendo aportar las pruebas acreditativas del pago de las cantidades reclamadas que estime convenientes. El Juez resolverá motivadamente en Sentencia sobre su obligación al pago de dichas cantidades.
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