Eliminación juicios de faltas redujo juicios un 46%

Eliminación juicios de faltas redujo juicios un 46%. La Ley Orgánica 1/2015 de modificación del Código Penal, y de 41/2015 de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, han provocado que en 2016 se produjese una drástica reducción del número de asuntos, y más desde la eliminación de los juicios de faltas.

Eliminación juicios de faltas redujo juicios un 46%. Juicios de faltas y juicios sobre delitos leves

Según los datos que constan en la Memoria del Consejo General del Poder Judicial 2017 -con datos de 2016- los 3,4 millones de asuntos que tuvieron entrada en los órganos de la jurisdicción penal suponen un 42% menos que los ingresados en 2015, supusieron algo más de 5.9 millones.

El procedimiento conocido popularmente como monitorio penal ha tenido muy poca aceptación hasta el momento. Los decretos de propuesta de imposición de pena, solo se han dictado en 112 casos, de los que se han formalizado en sentencia únicamente 99.

Destaca la reducción en 2016 del 54,1% en el número de diligencias previas acompañada de la reducción conjunta de juicios de faltas y juicios sobre delitos leves del 46,1% respecto a 2015. Mientras que la primera reducción es achacable a la no remisión de los atestados policiales sin autor conocido, la segunda lo es, además, a la destipificación de conductas antes tipificadas como faltas.

En cuanto a los procedimientos abreviados, la Disposición transitoria de la Ley 41/2015 provocó que en el segundo trimestre de 2016 se incoaran muchos más cayendo de forma notoria al trimestre siguiente como consecuencia de la masiva revisión de diligencias previas y sumarios en fase de instrucción.

Respecto a los autos de sobreseimiento del artículo 963.1.1ª de la LECr, en el segundo semestre de 2015 se dictaron 27.595, mientras que en el total del año 2016 solo se dictaron 30.178. También destaca la reducción del resto de sobreseimientos, que se ha reducido en 2016 un 58,9% respecto a 2015 y un 60,7% respecto a 2014.

Diligencias previas y sumarios en fase de instrucción pendientes

La Disposición transitoria única de la Ley 41/2015 establece que el artículo 324 se aplicará a los procedimientos que se hallen en tramitación a la entrada en vigor de esta ley, y que a tales efectos, se considerará el día de entrada en vigor como día inicial para el cómputo de los plazos máximos de instrucción que se fijan en la presente ley. Esta disposición legal provocó que antes del 6 de junio de 2016 la totalidad de diligencias previas y sumarios en fase de instrucción pendientes en los órganos judiciales y cuya incoación fuese anterior al 6 de diciembre de 2015 fuesen declaradas causas de instrucción compleja o concluidos.

De esta forma, la declaración de causas de instrucción compleja en los juzgados de instrucción y de primera instancia e instrucción, y también en los de violencia contra la mujer, se ha concentrado en el segundo trimestre del año.

En los juzgados de Instrucción y de Primera Instancia e Instrucción en 2016 se han declarado 59.414 asuntos como de instrucción compleja, habiéndose resuelto 20.708 y quedando en tramitación 38.841.

Al final del año 2016 estaban en tramitación 38.841 asuntos declarados como de instrucción compleja. Representaban el 15,4% de los sumarios y diligencias previas en tramitación en los juzgados de instrucción y de primera instancia e instrucción, aunque en Cantabria y Murcia el porcentaje estaba próximo al 20%.

Violencia contra la mujer

En los juzgados de violencia contra la mujer se han declarado 3.078, habiéndose resuelto 1.481 y quedando 1.596 en tramitación al final del año 2016. El porcentaje de sumarios y diligencias previas pendientes declarados como instrucción compleja era de un 7,5% del total de pendientes.

En los juzgados centrales de Instrucción se han declarado 430 asuntos de instrucción compleja (169 en el primer trimestre, 171 en el segundo, 69 en el tercero y 21 en el cuarto), de los que se han resuelto 145, quedando en tramitación 285, lo que representa el 43,4% de los sumarios y diligencias previas pendientes en estos órganos.

En las Salas de lo Civil y Penal de los Tribunales Superiores de Justicia fueron declarados seis asuntos de instrucción compleja -uno en Asturias, tres en Canarias y dos en Cataluña-, se han resuelto dos y quedan en tramitación otros dos.

Fuente: Consejo General del Poder Judicial

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Alvarez Abogados Tenerife

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