Supremo espera Europa sobre cláusulas suelo. La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo suspendió ayer la tramitación del recurso de una entidad bancaria sobre cláusulas suelo de hipotecas hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronuncie sobre los efectos de la declaración de nulidad de dichas cláusulas, en concreto sobre el alcance de la retroactividad a la hora de compensar a los afectados.
Supremo espera Europa sobre cláusulas suelo
El recurso fue interpuesto por Unicaja contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Jaén, de 10 de julio de 2014, que dio la razón a dos clientes, anulando su cláusula suelo con la citada entidad, y condenando a ésta a devolver lo indebidamente cobrado sin tener como tope la fecha de mayo de 2013, señalada por el Tribunal Supremo en su sentencia sobre la materia.
Los dos clientes de Unicaja a los que dio la razón la Audiencia pidieron al Supremo que suspendiese el recurso de la entidad bancaria (cuya deliberación estaba fijada para el próximo 4 de mayo) hasta que se pronuncie sobre la retroactividad el Tribunal de Justicia de la UE. Tanto el banco como la Fiscalía se opusieron a dicha petición.
Asuntos prejudiciales acumulados
El TJUE tiene previsto para el día 26 de abril una vista oral en la que serán oídas las partes sobre tres asuntos prejudiciales (acumulados) sobre la irretroactividad de las cláusulas suelo.
Unicaja se opuso a la suspensión al denunciar una ausencia de presupuestos legales para la suspensión por prejudicialidad civil, por no ser necesario para resolver sobre el objeto del debate decidir alguna cuestión que constituya el objeto principal de otro proceso, al haberse pronunciado ya la Sala en diversas ocasiones sobre los efectos de la declaración de nulidad de la cláusula suelo. Alegaba que no es una cuestión de interdependencia causante de prejudicialidad.
El ponente, el magistrado Sarazá Jimena, dictamina que aunque de ordinario se aprobaría la procedencia del planteamiento de una cuestión prejudicial, al estar planteadas varias cuestiones prejudiciales sobre dicha materia, algunas en avanzado estado de tramitación, carece de sentido el planteamiento de la cuestión por este tribunal, pues nada añadiría a la resolución de la cuestión por el TJUE y supondría mayor dilación en la resolución.
Importante! Cláusulas suelo: retroactividad total
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