Debe suprimirse régimen visitas acusados violencia género

Debe suprimirse régimen visitas acusados violencia género. Defensora del Pueblo, sostiene que «puede ser realmente peligroso» que un hombre acusado por violencia de género siga viendo a sus hijos menores de edad, por lo que ha pedido al Ministerio de Justicia que impulse las medidas necesarias para procurar que cuando se dicten medidas cautelares por malos tratos no se imponga un régimen de visitas.

Debe suprimirse régimen visitas acusados violencia género

«Nos parece muy preocupante que personas acusadas e incluso sentenciadas por violencia de género mantengan el régimen de visitas normal y habitual con los hijos. Hemos llamado la atención y sugerimos al Ministerio de Justicia que estudie los procedimientos necesarios para que el juez pueda inclinarse por la supresión del régimen de visitas en muchos casos».

Becerril se refiere especialmente a aquellos procedimientos en que el juez dicta medidas cautelares de protección de la mujer pero permite o impone un régimen de visitas de los hijos menores. Reconoce que desde su posición, no puede pedir «que se le diga a los jueces lo que tienen que hacer» y por eso, lo que demanda es que «se procure» que la balanza se incline en favor de la protección de los menores.

Denegado por violencia de género

«Recomendamos que se procure que el régimen de visitas se analice con detenimiento y sugerimos que procure evitar en estos supuestos y en estos casos porque puede ser muy peligroso, no en todos los casos pero sí en muchos. Por eso decimos que esto merece una reflexión caso por caso muy cuidada y con mucha cautela y que se observe el perfil del maltratador y su relación con los hijos», señala.

Aunque los conflictos relacionados con custodia y régimen de visitas en casos de violencia de género son frecuentes entre las quejas que cada año recibe el Defensor del Pueblo, en 2014 han abundado más las relativas con «la tardanza» en las medidas de protección de las mujeres, según ha informado Becerril, que está en estos días cerrando el balance anual.

Órdenes de alejamiento

«Las quejas sobre todo son relativas a la tardanza en tomar medidas, tardanza por ejemplo en el alejamiento, en la vigilancia de que el alejamiento se cumple», ha señalado. También ha destacado las quejas por retrasos «en la valoración que se debe hacer por parte de la policía tras una denuncia». «Quizá seguramente hay que hacerla con más celeridad para que la valoración de esa denuncia y la constatación de si tiene fundamento o no y las medidas en consecuencia se puedan tomar rápidamente, porque se pueden evitar hechos dramáticos y muy graves», reflexiona.

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