¿Cuántas cervezas o cuántos vinos dan alcohol al volante? Una cerveza de más puede costar, si se bebe justo antes de conducir, hasta 500 euros, además de la pérdida de cuatro puntos del carné. Tres o más cervezas hacen superar la tasa de alcohol de 0,6 mg/l, valor tipificado como delito.
¿Cuántas cervezas o cuántos vinos dan alcohol al volante?
El club automovilista Comisariado Europeo del Automóvil (CEA), aprovechando que estamos en fechas en las que se producen numerosos desplazamientos, ha elaborado un informe en el que recuerda las consecuencias del consumo de alcohol en comidas y cenas.
El alcohol es uno de los factores con más presencia en los accidentes de tráfico, con una frecuencia de entre el 30 y el 50 por ciento. Por eso está prohibido conducir cuando la tasa de alcohol es superior a 0,5 gramos por litro de sangre o a 0,25 miligramos por litro de aire espirado.
Además, desde que entró en vigor la última reforma de la Ley de Seguridad vial, las sanciones son mayores en el caso de los conductores reincidentes, para quienes la sanción es de 1.000 euros y 6 puntos.
CEA ha traducido esas tasas a vino y cerveza: en el caso de un hombre de unos 70 kilos, para llegar a 0,25 mg/l en aire expirado y a 0,5 g/litro en sangre, es necesario que beba dos cervezas o una copa y media de vino. Si se trata de una mujer de unos 60 kilos, bastará con una cerveza o una copa y media de vino.
Si el hombre en cuestión ha ingerido tres cervezas o copas de vino, y la mujer dos cervezas o dos copas y media de vino, la tasa de alcohol superaría los 0,6 mg/l en aire espirado. Esta cifra es constitutiva de delito y conlleva la pérdida del carné de uno a cuatro años y entre tres y seis meses de prisión.
CEA recuerda en este informe que todos los conductores tienen la obligación de someterse a las pruebas de alcoholemia si son requeridos, así como todos los demás usuarios de la vía que se vean implicados en un accidente. Negarse puede suponer una sanción administrativa o incluso un delito, en caso de que exista mediación en accidentes o síntomas de embriaguez aguda.
Sanciones de tráfico
Pero el riesgo del alcohol, recuerda CEA, no está en las sanciones, sino en las alteraciones en el comportamiento de los conductores y en la merma de casi todas las capacidades psicofísicas necesarias para conducir. El conductor ebrio suele tener una falsa seguridad en sí mismo.
Además, la ingesta de alcohol va ligada al incumplimiento de las normas de circulación por dos motivos: por la mayor dificultad en la percepción de las indicaciones de la carretera y por un menor sentido de la responsabilidad y de la prudencia.
El alcohol provoca una fatiga muscular y sensorial mayor de lo normal, disminuye la alerta y la vigilia, hace que el cansancio aparezca con mayor rapidez y potencia los estados de somnolencia y las pequeñas pérdidas de conciencia en los estímulos de la carretera y del vehículo.
A partir de 0,5-0,8 g/l en sangre la capacidad de reacción disminuye. Si la tasa alcanza los 1,5 g/l de sangre, la probabilidad de sufrir un accidente se multiplica por 22.
También le puede interesar:
- Delitos contra la seguridad vial
- Abogados Tenerife: Alcoholemia y Delitos Seguridad Vial
- Abogados Tenerife: Multas de tráfico
- Negativa someterse a prueba alcoholemia
- Delitos y criminalidad contra la Seguridad Vial
- 25% condenas son delitos contra seguridad vial
- DGT: controles para detectar conductores multi-infractores
- Pasos a seguir en accidente de tráfico
- Delitos contra la seguridad vial
- Defensa juicio penal: Retirada carnet conducir
- Abogados Penalistas Tenerife. La mejor defensa.
- Abogados Accidentes Tráfico Tenerife
- ¿Positivo en la prueba de alcoholemia?
- Abogados conducción temeraria Tenerife
- Abogados Penalistas Tenerife: Derecho Penal
- Abogados Alcoholemia Tenerife
- Abogados juicios rápidos Tenerife
- Delitos contra la seguridad vial: cómo evitar sanciones
- Condena penal por alcoholemia. Delito seguridad vial