WhatsApp prueba en juicio

WhatsApp prueba en juicio. Condiciones para que los mensajes de WhatsApp se puedan considerar como prueba en un juicio. La prueba se ha de haber obtenido de manera lícita. Las conversaciones de WhatsApp y las grabaciones de voz, medios de prueba válidos ante un juicio.

WhatsApp prueba en juicio en Tenerife

El Tribunal Supremo ha fallado en una sentencia que las conversaciones en WhatsApp son válidas como pruebas en un juicio, aunque no basta con una simple captura de pantalla. Esto abre la puerta al uso de esta información como prueba en otros juicios, así como el de otras aplicaciones de mensajería. Para certificar que los mensajes son reales y no están manipulados es necesario llevar a cabo un informe pericial.

Pero la realidad es que en la mayoría de las ocasiones no es posible utilizar mensajes de WhatsApp como prueba durante un juicio. El motivo principal es que las conversaciones se pueden falsificar y por eso un juez no podrá darlas por válidas directamente. Aunque en muchas ocasiones depende del juez o magistrado que tenga acceso a los mismos.

Acreditar la veracidad del WhatsApp

En muchas ocasiones y dependiendo del asunto en cuestión, se puede verificar que los mensajes son reales y no están manipulados. Para ello se precisa tener acceso a ambos smartphones y así se puede comprobar que la marca de hora de envío del mensaje corresponde con la de la recepción y no existe manipulación.

El juzgado puede solicitar un peritaje de la conversación para acreditar su veracidad. Debemos de tener en cuenta que no se puede manipular la conversación o mensajes de WhatsApp, lo que se puede manipular son las capturas de pantalla.

Un pantallazo, es una imagen que cualquiera podría modificar con Photoshop o cualquier otro programa de edición de imágenes. Así que no parece que sea una prueba sólida la presentación de un pantallazo de una conversación de whatsapp como medio de prueba en juicio. Whatsapp es una prueba muy sensible y puede ser alterada sin dejar rastro. Esto es así porque no existe respaldo de los servidores de la App sino que las copias de los mensajes se almacenan en los propios dispositivos.

Conversaciones de WhatsApp y las grabaciones de voz

Tanto las conversaciones de WhatsApp como las grabaciones de voz son dos medios de prueba en un juicio. Es muy común que una de las partes esté interesada en presentar una conversación de WhatsApp como medio probatorio, así como una grabación que aporta unos hechos que de otra manera no se consideraba posible probarlos.

Debemos de tener en cuenta el artículo 299.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil:

«se admitirán, conforme a lo dispuesto en esta Ley, los medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen, así como los instrumentos que permiten archivar y conocer o reproducir palabras, datos…»

«Cuando por cualquier otro medio no expresamente previsto en los apartados anteriores de este artículo pudiera obtenerse certeza sobre hechos relevantes, el tribunal, a instancia de parte, lo admitirá como prueba, adoptando las medidas que en cada caso resulten necesarias«.

¿Qué pruebas son válidas en un juicio?

El derecho procesal es una rama amplia y las señalamos de manera informativa:

  • Interrogatorios de las partes.
  • Prueba documental (documentos públicos o privados).
  • Dictamen pericial.
  • Reconocimiento judicial.
  • Interrogatorio de testigos.
  • Medios de reproducción de la palabra, el sonido y la imagen, siempre que se permita su archivo y reproducción.

Presentar conversaciones de WhatsApp en un juicio

El Tribunal Supremo arrojó importantes conclusiones acerca de las conversaciones de WhatsApp como medio de prueba. Quedó claro que para la validez de la prueba era necesario que fuera acompañada de un peritaje donde se identificara el origen de la conversación, los interlocutores y el contenido de los mensajes.

Por ello, la mejor opción es que la parte interesada aporte la conversación de WhatsApp acompañada de un informe pericial que de fe de la autenticidad de la conversación, ya que en caso de no hacerlo sería muy común que la parte contraria la impugnara.

Si la parte contraria no impugna la prueba o admite expresamente la autenticidad de los mensajes, su validez y carácter probatorio será plena decisión del juez.

¿Quién tiene que probar el contenido de los WhatsApp?

El contenido de mensajes de WhatsApp pueden constituir una prueba a favor del que los presente en el Juzgado, siempre que sean aportadas al procedimiento mediante archivos de impresión.

Si se impugna la prueba del contenido de mensajes de WhatsApp, es decir la autenticidad de dicha conversación, la persona que quiere valerse de dicha prueba debería practicar una prueba pericial que identifique el origen de la conversación, de los interlocutores y el contenido, por lo que la carga de la prueba del contenido del mensaje recae sobre esa persona.

El Juez valorará los mensajes de whatsapp con el resto de pruebas practicadas, teniendo en cuenta la postura de las partes al respecto de dicha prueba.

WhatsApp prueba en juicio en Tenerife

La forma de acreditar la veracidad de estos medios de prueba no solo es la ya mencionada, el perito, sino también podemos contar con el cotejo por parte del letrado de la administración de justicia, el acta notarial, aportar otras pruebas que corroboren la conversación, el mismo teléfono móvil, el de la parte contraria o la grabadora o dispositivo con el que se llevó a cabo la grabación.

Los Tribunales llevan años admitiendo que los mensajes de WhatsApp tienen eficacia probatoria y son considerados auténtica prueba documental, aunque a ellos suele hacerse referencia como prueba digital. Para que constituyan prueba deben cumplir un requisito fundamental: la necesidad de que se acredite su veracidad y autenticidad.

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