Descienden asuntos penales en juzgados. La entrada en vigor el pasado 6 de diciembre de la Ley 41/2015, de modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para la agilización de la justicia penal y el fortalecimiento de las garantías procesales se ha traducido en el primer trimestre del año en una disminución del 42,7% en la entrada de asuntos en la jurisdicción penal, según ha informado el Consejo General del Poder Judicial.
Descienden asuntos penales en juzgados
La reforma legal, que modificó el artículo 284.2 de la LECrim, de forma que los atestados policiales en los que no exista autor conocido del delito denunciado ya no se remiten a los Juzgados de Instrucción, ha tenido como consecuencia que, frente a los 1.517.487 asuntos ingresados entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2015, se haya pasado a 869.603 asuntos en los tres primeros meses de este año.
Además, como esos asuntos que han dejado de ingresar los Juzgados de Instrucción se resolvían de forma inmediata –con un auto de archivo por falta de autor conocido-, se ha producido un descenso similar en la resolución: de 1.578.863 asuntos resueltos se ha pasado a 938.487. Por último, el número de asuntos penales en trámite al final del periodo era de 762.567, un 18,4% menos que hace un año.
Desciende la entrada de asuntos en el resto de las jurisdicciones
El informe “Situación de los órganos judiciales en el primer trimestre de 2015” publicado hoy por la Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial revela que la entrada de asuntos disminuyó en el primer trimestre del año también en el resto de las jurisdicciones, resultando una bajada global del 32,4% respecto del mismo periodo de 2015.
Así, entre los pasados 1 de enero y 31 de marzo, los asuntos de nuevo ingreso en el conjunto de los órganos judiciales españoles –incluidos los penales- fueron 1.487.239, frente a los 2.172.069 del primer trimestre de 2015.
En este periodo, los Juzgados y Tribunales españoles resolvieron 1.635.608 asuntos –lo que supone una disminución interanual del 29,2%-; mientras que al final del mismo quedaron en trámite 2.288.878 asuntos, un 8,8% menos que en la misma fecha del año pasado.
Datos por jurisdicciones
- Jurisdicción civil
El número de asuntos ingresados en el primer trimestre de 2016 fue de 474.629, lo que representa un descenso interanual del 8,4%. En esta jurisdicción se resolvieron 530.420 asuntos y al final del trimestre quedaron en trámite 1.032.957 asuntos.
- Jurisdicción contencioso-administrativa
En esta jurisdicción se registraron 49.001 nuevos asuntos entre el 1 de enero y el 31 de marzo, un 5,8% menos que en el mismo periodo del año anterior. La cifra de asuntos resueltos fue de 57.637 y la de asuntos en trámite al final del trimestre de 199.174.
- Jurisdicción social
Estos órganos judiciales recibieron 93.931 nuevos asuntos en los tres primeros meses del año, lo que representa una disminución interanual del 15,6%. El número de asuntos resueltos fue de 109.010 y el de asuntos en trámite al final del periodo de 294.083
Canarias, a la cabeza en litigiosidad
La tasa de litigiosidad en el conjunto de España en el primer trimestre de 2016 ha sido de 32 asuntos por cada mil habitantes, frente a los 46,6 asuntos registrados en el mismo periodo del año anterior. Esta bajada también obedece en parte a la reforma de la LECrim.
Las Comunidades Autónomas que han mostrado una tasa de litigiosidad superior a la media nacional han sido Canarias (40,7), Andalucía (37,0), Murcia (34,2), la Comunidad Valenciana (33,4), Cantabria (33,2) y Madrid (32,4). En el otro extremo se sitúan las Comunidades Autónomas de La Rioja (22), el País Vasco (22,5) y Navarra (24,3).
Proyección al conjunto
Como en años anteriores, y basándose en las series históricas trimestrales disponibles, la Sección de Estadística del CGPJ ha realizado una previsión para el conjunto del año del movimiento de asuntos en los Juzgados y Tribunales españoles.
En este caso, sin embargo, la proyección debe ser tomada con mayor cautela debido a que las reformas del Código Penal operada por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, que entró en vigor el 1 de julio del año pasado; y la ya citada de la Ley de Enjuiciamiento Criminal regulada en la Ley 41/2015, con entrada en vigor el 6 de diciembre de 2015, han producido una notable disminución en la entrada de asuntos en la jurisdicción penal, con los consiguientes efectos en la resolución y pendencia.
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