Interponer denuncia o una querella

Interponer denuncia o una querella con abogado en Tenerife. Cualquier ciudadano que se enfrente a la desagradable tesitura de haber sido víctima o testigo de un delito se encuentra ante una encrucijada fundamental: ¿debe interponer una denuncia o presentar una querella? Aunque a menudo se utilizan como sinónimos en el lenguaje coloquial, la realidad jurídica es que son dos mecanismos con profundas diferencias en su naturaleza.

Interponer denuncia o una querella con abogado

Tomar la decisión correcta desde el primer momento es crucial y puede determinar el curso y el éxito de la acción legal. Esta guía, elaborada desde la pericia y el compromiso con la justicia, busca arrojar luz sobre esta cuestión, ofreciéndole las claves para actuar con determinación y conocimiento de causa. En Alvarez Abogados Tenerife, despacho con una trayectoria consolidada desde 1954, comprendemos que detrás de cada caso hay una persona que busca protección y respuestas. Por ello, nuestra especialización en Derecho Penal nos permite guiarle no solo en la elección del instrumento procesal idóneo, sino durante todo el camino hasta la resolución del conflicto.

La denuncia: El deber y el acto de notificar

La denuncia es, en esencia, un acto de comunicación. Se trata de la declaración de conocimiento mediante la cual una persona pone en conocimiento de la autoridad competente —Policía Nacional, Guardia Civil, Fiscalía o directamente el Juzgado de Instrucción— la existencia de unos hechos que podrían ser constitutivos de delito.

¿Quién puede denunciar?

La ley es muy clara y amplia en este aspecto. Cualquier persona que haya presenciado la comisión de un delito público (la gran mayoría, como robos, lesiones, estafas, etc.) tiene no solo el derecho, sino en muchos casos el deber legal de denunciarlo. Esto incluye tanto a la víctima directa como a un testigo presencial.

Características principales de la denuncia:

  • Sencillez y accesibilidad: No exige formalidades complejas. Puede presentarse de forma verbal o por escrito, y no es preceptiva la intervención de un abogado o procurador. Esto la convierte en una vía rápida y sin coste inicial para poner en marcha la maquinaria investigadora del Estado.
  • No se es parte del proceso: Al interponer una denuncia, el ciudadano cumple con su deber de informar, pero no se convierte automáticamente en parte acusadora en el procedimiento penal. El denunciante será llamado a declarar como testigo, pero el impulso del proceso recaerá principalmente en el Ministerio Fiscal.
  • Obligatoriedad de tramitación: Una vez recibida la denuncia, las autoridades tienen la obligación de investigar los hechos y, si existen indicios de delito, actuar de oficio.

¿Cuándo es recomendable optar por la denuncia?

La denuncia es la opción adecuada cuando usted desea que los hechos se investiguen, pero prefiere no asumir un rol activo y protagonista en el proceso judicial. Es un mecanismo eficaz para delitos flagrantes o cuando las pruebas son evidentes y se confía en que la actuación de la Fiscalía será suficiente para llevar el caso a buen puerto.

La querella: El acto de acusar y ser parte activa

La querella es una declaración de voluntad mucho más formal y cualificada. Mediante ella, la persona no solo comunica la noticia de un delito, sino que manifiesta su intención de convertirse en parte del proceso penal, ejerciendo la acusación particular.

¿Quién puede querellarse?

Pueden presentar una querella la víctima del delito, sus herederos o representantes legales. En algunos delitos específicos, la ley también legitima a otras personas o entidades. Es el único mecanismo posible para perseguir los llamados “delitos privados», como las injurias y calumnias.

Características fundamentales de la querella:

  • Formalidad y requisitos: A diferencia de la denuncia, la querella debe presentarse siempre por escrito y cumplir con estrictos requisitos formales detallados en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Debe incluir la identidad del querellante, la del querellado (si es conocida), una relación circunstanciada de los hechos y la solicitud de que se practiquen diligencias de investigación.
  • Intervención de abogado y procurador: Es un requisito indispensable. La querella debe ir firmada por un abogado y presentada a través de un procurador, que representará al querellante ante el tribunal.
  • Parte activa del proceso: Esta es la diferencia más significativa. El querellante, como acusación particular, tiene un papel protagonista. Puede proponer pruebas, solicitar diligencias de investigación, oponerse a las decisiones del juez que le perjudiquen, recurrir resoluciones como el sobreseimiento o archivo de la causa y, finalmente, formular su propio escrito de acusación solicitando penas para el culpable.

El momento decisivo: ¿Denuncia o Querella? Un análisis estratégico

La elección entre una y otra vía no debe tomarse a la ligera. Dependerá de la naturaleza del delito, de la fortaleza de las pruebas iniciales y, fundamentalmente, de su interés personal en el resultado del procedimiento.

En Alvarez Abogados Tenerife, nuestra recomendación profesional se inclina a menudo por la querella en delitos donde la implicación de la víctima es fundamental para el esclarecimiento de los hechos, como en estafas complejas, delitos económicos, negligencias profesionales o cuando se desea tener un control y una capacidad de impulso procesal que la simple denuncia no ofrece. Aunque debemos indicar que cada caso es único y por ello es necesario conocer el asunto en cuestión para tomar la mejor decisión al respecto.

El proceso tras la decisión: ¿Qué ocurre después con un abogado a su lado?

Contar con un abogado especialista desde el primer instante transforma radicalmente la experiencia del ciudadano ante la justicia penal.

Si opta por la denuncia con asesoramiento legal:

Aunque no es obligatorio, que un abogado de Alvarez Abogados Tenerife redacte su denuncia asegura varios puntos clave:

  1. Precisión jurídica: Se narrarán los hechos con la terminología y el enfoque jurídico adecuados, resaltando los elementos del tipo penal que se pretende imputar.
  2. Aportación de pruebas: Le guiaremos sobre qué pruebas iniciales (documentos, testigos, informes) son cruciales para adjuntar a la denuncia y fortalecerla desde el inicio.
  3. Seguimiento informado: Aunque no sea parte, su abogado puede realizar un seguimiento del estado de la investigación y mantenerle puntualmente informado, algo que a menudo resulta complejo para el ciudadano de a pie.

Si opta por la querella, el camino con su abogado:

  1. Estudio de viabilidad: El primer paso en nuestro despacho es un análisis riguroso de su caso para confirmar la existencia de indicios sólidos de delito y la viabilidad de la querella, evitando costes y falsas expectativas.
  2. Redacción y presentación: Elaboramos la querella cumpliendo escrupulosamente los requisitos de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Nos encargamos de la designación del procurador y de su presentación ante el juzgado competente.
  3. Admisión a trámite: El juez de instrucción decidirá sobre la admisión de la querella. Si la admite, se inician las «diligencias previas» o «sumario». Si la inadmite, el abogado podrá interponer los recursos pertinentes.
  4. Fase de instrucción: Aquí es donde el papel de su abogado penalista es crucial. Como acusación particular, propondremos la práctica de todas aquellas diligencias necesarias para acreditar el delito y la autoría del querellado: declaraciones de testigos, periciales, requerimientos de documentación, etc.
  5. Juicio oral y sentencia: Una vez finalizada la investigación, el abogado formulará el escrito de acusación. Durante el juicio oral, defenderá sus intereses, interrogará a acusados y testigos y presentará el informe final ante el Juez o Tribunal, buscando una sentencia condenatoria y la correspondiente indemnización por los daños y perjuicios sufridos.

Preguntas frecuentes: Resolviendo sus dudas

¿Qué costes tiene una querella? La querella implica los honorarios del abogado y los derechos del procurador. En caso de obtener una sentencia condenatoria, es habitual que se condene al acusado a pagar las costas del procedimiento, lo que podría suponer el reintegro de la inversión realizada.

¿Se puede retirar una denuncia o una querella? Retirar una denuncia, especialmente en delitos públicos, no paraliza necesariamente el proceso, ya que la Fiscalía puede decidir continuar de oficio. El perdón del ofendido en estos casos no extingue la responsabilidad penal. Por otro lado, el querellante puede apartarse del procedimiento (desistimiento), pero esto tampoco garantiza su finalización si el Ministerio Fiscal decide continuar con la acusación.

¿Qué pasa si una querella es inadmitida o archivada? Si el juez considera que los hechos no son constitutivos de delito o no existen indicios suficientes, puede inadmitir la querella o archivar la causa. Es en este momento cuando la figura del abogado cobra su máximo valor, ya que es quien puede formular un recurso de reforma y/o apelación para que un órgano judicial superior revise la decisión y, en su caso, ordene continuar con la investigación.

Interponer denuncia o una querella con abogado

En Alvarez Abogados Tenerife, no solo le ofrecemos un profundo conocimiento técnico del Derecho Penal, sino también la experiencia, la cercanía y la confianza que usted necesita en los momentos más difíciles. Nuestros abogados especialistas en Tenerife estudiará su caso con la máxima dedicación para trazar la estrategia procesal más beneficiosa para sus intereses. Le acompañaremos en cada declaración, en cada trámite y en cada vista judicial, garantizando que su voz sea escuchada y sus derechos defendidos con la máxima contundencia.

Si ha sido víctima de un delito y se encuentra en la encrucijada de tener que interponer una denuncia o una querella, no afronte la situación en soledad. Contacte con Alvarez Abogados Tenerife. Permítanos ser su guía y su defensa.

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