Abogados Alcoholemia Delitos Seguridad Vial Tenerife
La alcoholemia es una de las principales causas de los accidentes de tráfico y los controles de alcoholemia, una de las mayores preocupaciones de los conductores. Abogados Sanciones Tráfico Tenerife. Abogados retirada carnet Tenerife. En Alvarez Abogados Tenerife, somos abogados expertos en alcoholemia y delitos contra la seguridad vial. Abogados Alcoholemia Delitos Seguridad Vial Tenerife.
Tasa de alcoholemia
Es la concentración de alcohol en sangre o en aire expirado, esto es, la cantidad de gramos o miligramos que existen en un litro de sangre o de aire, respectivamente. La máxima concentración en sangre se alcanza entre los 30 y los 90 minutos después de haberse producido su ingestión.
La tasa máxima de alcoholemia que puede alcanzar una persona depende de una serie de variables como:
- La cantidad de alcohol ingerido: Cuanto más se haya bebido mayor será la cantidad de alcohol en sangre y en aire.
- El tipo de bebida que se consuma y la rapidez con que se ingiera.
- Si se ha comido o no.
- El peso de la persona.
- Sexo: Dándose las mismas circunstancias, las mujeres suelen reflejar una mayor tasa de alcoholemia.
- La edad: El consumo de alcohol suele afectar más a los menores de 25 años y a los mayores de 60.
Efectos del alcohol en la conducción
Los efectos más destacables son los siguientes:
- Disminuyen los reflejos.
- Sensación de excitación y sobrevaloración de las propias capacidades.
- Aumenta el tiempo necesario para reaccionar ante un peligro inesperado. Disminuye por tanto, la capacidad para calcular distancias y velocidades.
- Disminuye la agudeza visual y aumenta la sensibilidad al deslumbramiento.
- Se pierde el autocontrol: el sujeto se vuelve agresivo e irritable.
- Los movimientos se vuelven torpes, dando lugar a frenazos, zigzagueo y volantazos.
- Se presentan problemas de equilibrio y alteraciones en el oído y en el habla: disminuye la agudeza auditiva y se traba la lengua.
- Aumenta la resistencia al dolor por el efecto sedante que tiene el alcohol.
- Se producen alteraciones respiratorias.
- Falla la memoria y la capacidad de orientación.
- Produce somnolencia.
Obligación de someterse a la prueba de alcoholemia
El conductor tiene la obligación legal de someterse a la práctica de la prueba de la alcoholemia y su negativa puede dar lugar a 2 tipos de responsabilidades:
Administrativa
Podemos ser sancionados por la comisión de una infracción muy grave (siempre que la tasa de alcohol no supere 0,60 mg/l en aire expirado o 1,2 gramos por litro en sangre) que conlleva la imposición de una multa por importe de 500 €, e incluso puede implicar la pérdida de la totalidad de los puntos del carnet.
Delito Penal
Si la tasa de alcohol supera 0,60 mg/l en aire expirado (1,2 gramos por litro en sangre) o nos negamos a realizar la prueba de alcoholemia incurriremos en un delito que puede ser sancionado con prisión de 3 a 6 meses o con la de multa de 6 a 12 meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.
Estas penas también se aplicarán por conducir bajo los efectos de drogas y estupefacientes.
Peatones
También están obligados a someterse a estas pruebas de alcoholemia los peatones que se vean implicados en algún accidente de circulación si así se les requiere por los agentes.
Derechos conductor ante la prueba de alcoholemia
La medición del alcohol por aire espirado se realiza mediante unos aparatos denominados etilómetros.
En los casos en los que la primera medición fuese positiva, se realizará una segunda, dejando transcurrir entre ambas al menos 10 minutos.
En estos casos, los conductores tenemos derecho a:
- Pedir que otra persona que se halle presente compruebe que entre ambas mediciones transcurren al menos 10 minutos.
- Formular por nosotros mismos, o por medio de algún acompañante, las alegaciones que consideremos oportunas y de las que debe dejarse constancia en la diligencia que se expida.
- Contrastar los resultados obtenidos con el etilómetro mediante un análisis de sangre.
Si el resultado del análisis también es positivo, estaremos obligados a abonar los gastos derivados de su realización; en caso contrario, los gastos correrán por cuenta de la administración.
Sanciones delitos seguridad vial y alcoholemia
Las sanciones que se imponen por conducir bajo los efectos del alcohol pueden ser de 2 tipos:
Sanciones penales
Sanciones penales: La conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas u otras drogas está castigada por el Código Penal por el mero hecho de que la tasa de alcohol en aire espirado supere los 0,60 miligramos por litro en aire expirado (equivalente a 1,2 gramos por litro en sangre), se haya producido o no un accidente.
Al tratarse, no lo olvidemos, de un delito castigado por el Código Penal, el conductor se ve sometido a un juicio “de verdad” y debe estar defendido obligatoriamente por un abogado.
Privaciones del derecho a conducir
En estos casos, el conductor es castigado (si es condenado en el correspondiente juicio celebrado por un Juzgado de lo Penal) a una pena de prisión de 3 a 6 meses o a la de multa de 6 a 12 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, además, a la de privación del derecho a conducir de 1 hasta 4 años.
Este delito puede concurrir con la comisión de otras infracciones si el conductor se ve implicado en un accidente de circulación, tales como lesiones, homicidio involuntario, etc., así como con la responsabilidad civil que, en su caso pueda derivarse.
Juicio rápido
Es importante recordar que si el asunto se tramita por la vía del juicio rápido, y si el conductor reconoce su culpabilidad ante el Juzgado de Instrucción, podrá beneficiarse de una notable ventaja: la rebaja en un tercio de la pena. Por ello, es habitual que en casos flagrantes y claros, previa conformidad con el Fiscal, el conductor sea sancionado con la pena rebajada, es decir, la privación del derecho a conducir durante 8 meses, más una multa económica.
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Sanciones administrativas
Sanciones administrativas: Por otro lado, la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas puede ser sancionada como infracción administrativa muy grave por la policía municipal, la Guardia Civil u otras autoridades de tráfico con multa y la pérdida de los puntos del carne.
No puede sancionarse la misma infracción (la conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas) por la vía penal y por la vía administrativa al mismo tiempo, por lo que se tramitará primero por la vía penal y, si el juez, tras el juicio correspondiente, dicta una sentencia absolutoria, es posible que las autoridades de tráfico inicien los tramites para sancionar la infracción administrativamente.
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