Volcán La Palma Reclamaciones indemnizaciones

Volcán La Palma Reclamaciones indemnizaciones. Afectados por el volcán de La Palma. Reclamación al seguro y consorcio de compensación de seguros. La erupción volcánica en la Palma ha arrasado a su paso casas, cultivos e infraestructuras de diversas localidades.

Volcán La Palma Reclamaciones indemnizaciones

El volcán de Cumbre Vieja (La Palma, Islas Canarias) está modificando la fisonomía de la isla de La Palma y esto tiene importantes implicaciones sociales y ambientales, pero también abre algunos interrogantes para todos los afectados por dicho volcán. Son cientos los afectados por el volcán de La Palma: casas, cultivos e infraestructuras de diversas localidades.

Ayudas Volcán La Palma

Sin perjuicio de aquellas ayudas que establezcan las Administraciones competentes, la Ley 17/2015 de 19 de julio del Sistema Nacional de Protección Civil establece el procedimiento para la declaración de zona afectada gravemente por una emergencia de protección civil.

Entre las medidas aplicables se encuentran las siguientes:

  • Ayudas económicas a particulares por daños en vivienda habitual y enseres de primera necesidad.
  • Ayudas a personas físicas y jurídicas que hayan llevado a cabo la prestación personal o de bienes.
  • Las ayudas destinadas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios. 
  • Préstamos preferenciales.
  • También están previstas medidas fiscales como la exoneración de pagos de impuestos como el IBI o la reducción en el pago del IAE o medidas laborales como la extinción, suspensión o reducción de la jornada de trabajo que tengan su origen en la situación de emergencia.

Reclamación al seguro y consorcio de compensación de seguros

Producida la destrucción de los bienes, debemos preguntarnos si existen mecanismos legales que procuren la indemnización por las pérdidas sufridas, analizando la póliza de seguro que, en caso de tener contratada, amparara nuestra vivienda o vehículo.

La cobertura de los riesgos extraordinarios alcanza a los mismos bienes y las mismas sumas aseguradas que se hayan establecido en las pólizas de seguros efectos de los riesgos ordinarios, estableciéndose dos especialidades:

  • En el caso de las pólizas que cubran los daños propios del vehículo, el Consorcio garantiza la totalidad del interés asegurable, aunque la póliza ordinaria solo lo haga parcialmente.
  • Cuando el vehículo solo disponga del seguro obligatorio, el Consocio garantiza el valor venal del vehículo en el momento inmediatamente anterior a la producción del siniestro.

Cultivos en producciones agropecuarias

Quedan excluidas de esta regulación, los daños producidos en los cultivos o en producciones agropecuarias cuya cobertura corresponde a las pólizas de seguros agrarios combinados, que se contemplan en los planes que anualmente aprueba el Gobierno, al igual que las pólizas que cubran los riesgos derivados del transporte de mercancías; construcción, montaje y las pólizas suscritas en cumplimiento de la Ley de Ordenación de la Edificación.

Consorcio de compensación de seguros

Es importante matizar, que el Consorcio responderá siempre y cuando el asegurado tenga suscrito un seguro de responsabilidad civil. Quienes no tengan seguro habrán de esperar a la declaración como Zona Afectada Gravemente por una Emergencia de Protección Civil (o zona catastrófica) por parte del Gobierno, para que éste ponga en marcha medidas de tipo económico para paliar los daños. Dicha declaración se produjo con fecha 28/09/2021.

Independientemente de lo anterior, lo más importante es que los asegurados afectados sepan que el CCS (Consorcio de compensación de seguros) asumirá todos sus compromisos por razón de los contratos de seguro, sea cual fuera el importe de todos los daños indemnizables.

Los afectados que estén asegurados sepan que el CCS, con arreglo a sus protocolos de actuación, siempre trata de realizar los primeros pagos de las indemnizaciones en un plazo de 10 días a partir de que se produzca el riesgo extraordinario (inundación, terremoto o, como en este caso, de erupción volcánica).

Finalmente, y a partir de este momento, y de acuerdo con la experiencia en siniestralidades complejas de miles o decenas de miles de afectados asegurados, el CCS tiene gestionadas todas las solicitudes de indemnización recibidas en un plazo de 4 meses.

¿Qué ocurre con quienes no tienen seguro de su hogar o de su comercio o empresa?

Las personas o bienes no asegurados no pueden percibir indemnizaciones del CCS, pues éste es una institución aseguradora de naturaleza pública. Quienes no se han asegurado podrán acceder a las ayudas públicas que se aprueben, dentro de los límites que se establezcan en su aprobación y de los requisitos que se establezcan para su concesión.

La conclusión es clara: el seguro, ya sea el privado o el CCS, es el mecanismo rápido y cierto de resarcimiento de los daños que se producen por elementos de la naturaleza. La indemnización se puede solicitar inmediatamente por el afectado, sin necesidad de esperar a ninguna declaración oficial de “zona catastrófica” o similar; el importe de la indemnización es el que se desprende de las cláusulas y capitales asegurados que figuran en el contrato de seguro que tuviera el afectado; y el mecanismo del seguro actúa con rapidez: a los 10 días de la erupción volcánica, el CCS ha comenzado a pagar las primeras indemnizaciones.

¿Hasta dónde me cubre el CCS? ¿Hay un importe máximo?

El CCS cubre los daños y los valora en las condiciones que establecen las cláusulas del contrato de seguro que hubiese contratado el asegurado. Podríamos decir que, en el fondo, el CCS público sustituye a la aseguradora privada cuando el daño lo produce alguno de los “riesgos extraordinarios”, como la inundación, el terremoto o la erupción volcánica. El único límite es el que exista en el seguro que tenga contratado el afectado.

No obstante, en el caso de comercios, industrias y obra civil existe una franquicia legal del 7% de los daños indemnizables, que corre a cargo del asegurado.

Esto significa que en esos casos, el CCS asume el 93% de todos los daños indemnizables, cualquiera que fuera el importe de estos, de forma que por cada 100€ de daños indemnizables, el CCS abona 93€.

Ayudas que puede aportar el Gobierno a una zona catastrófica

  • El Gobierno puede adoptar diversas otras medidas, como pueden ser las ayudas a particulares por los daños en sus hogares y enseres de primera necesidad causados por el fenómeno.
  • Igualmente, estas pueden ser ayudas destinadas a establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, préstamos ICO, exenciones y reducciones de cuotas en los tributos.
  • Medidas laborales y de Seguridad Social como extinciones o suspensiones de los contratos de trabajo o las reducciones temporales de la jornada de trabajo que tengan su causa directa en la emergencia, Ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina“.
  • Asimismo, otras muchas que vienen descritas en la citada regulación, del Sistema Nacional de Protección Civil.

Volcán La Palma Reclamaciones indemnizaciones · Reclamación al seguro y consorcio de compensación de seguros

Desde Alvarez Abogados Tenerife le informamos de los canales habituales para poder contactar directamente con el CCS y así solicitar la indemnización correspondiente:

Volcán La Palma Reclamaciones indemnizaciones

Para conocer otras ayudas del Gobierno de España para todos los sectores, consulte el siguiente enlace.

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