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title: "Incumplimientos obligaciones de un contrato"
description: "Incumplimientos obligaciones de un contrato en Tenerife. El incumplimiento contractual se produce cuando, existiendo un contrato suscrito por dos o más partes que se comprometen a cumplir de manera..."
url: https://alvarezabogadostenerife.com/2019/12/incumplimientos-obligaciones-contrato/
date: 2019-12-30
modified: 2025-11-26
author: "Alvarez Abogados Tenerife"
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categories: ["Actualidad Legal"]
tags: ["abogados contratos tenerife", "incumplimiento de contrato", "incumplimiento de las obligaciones", "Requisitos resolución contrato"]
type: post
lang: es
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# Incumplimientos obligaciones de un contrato

**Incumplimientos obligaciones de un contrato en Tenerife**. El** incumplimiento contractual** se produce cuando, existiendo un contrato suscrito por dos o más partes que se comprometen a cumplir de manera recíproca con una serie de obligaciones, una de las partes **no cumple** con lo establecido en dicho contrato.

### **Incumplimientos obligaciones de un contrato en Tenerife**

Ante tal incumplimiento el **artículo 1124 del Código Civil** confiere a la parte perjudicada dos opciones:** la facultad de resolver el contrato**, poniendo fin a la relación contractual, o exigir el **cumplimiento de la obligación,** pudiendo reclamar, en ambos casos, los (https://alvarezabogadostenerife.com/2017/04/reclamar-danos-perjuicios/) causados, así como el abono de los intereses correspondientes.

Cuando una parte **incumple con las obligaciones asumidas en el contrato**, la otra tiene derecho a exigir el cumplimiento o resolver el contrato y, en cualquier caso, obtener una indemnización por los daños y perjuicios sufridos.

### **Incumplimiento contractual**

No cualquier **incumplimiento contractual** permite al acreedor la **resolución del contrato**, siendo la jurisprudencia quien ha precisado los presupuestos y requisitos de necesario cumplimiento para el ejercicio de la facultad resolutoria:

- **Existencia de un vínculo contractual vigente.** No cabe resolver un contrato inexistente o nulo por cuanto éstos no producen ningún efecto jurídico que pueda extinguirse para lo sucesivo. Además, el contrato debe encontrarse vigente y no consumado, pues en caso de que las partes hayan cumplido con sus obligaciones no existe incumplimiento.

- **Reciprocidad de las prestaciones**. Es necesaria la interdependencia entre las obligaciones, de ello se desprende que no son resolubles los contratos unilaterales onerosos.

- **Exigibilidad de las prestaciones.** No cabrá la resolución por el incumplimiento de aquellas prestaciones que no son exigibles, ya que no habrá entonces incumplimiento.

- **El incumplimiento del deudor debe ser**: verdadero y propio, grave, esencial y de transcendencia.

- **El previo cumplimiento del acreedor.** No podrá ejercitar la acción resolutoria quien no ha cumplido con las obligaciones contraídas, salvo que el incumplimiento de las mismas traiga causa del anterior incumplimiento de la otra parte.

### **Incumplimiento de contracto**

Para que exista un **incumplimiento contractual** se debe dar dos circunstancias:

- **El incumplimiento en sentido material**

No se cumple con la obligación asumida o se hace de forma parcial, irregular o defectuosa. También hay incumplimiento cuando, por ejemplo, el bien no es apto para el fin que se adquirió o no logren el fin pretendido.

- **El incumplimiento ha de ser imputable a una de las partes**

Se le imputará el incumplimiento cuando haya dolo (incumplimiento voluntario), culpa o negligencia (no se ha actuado con la diligencia debida) y también en casos objetivos.

### **La otra parte ha incumplido su obligación – Incumplimiento de las obligaciones**

Existe un principio fundamental en el derecho “Pacta Sunt servanda” que establece,  en base a la seguridad jurídica, que **lo contratado obliga**, o literalmente “lo pactado debe ser cumplido”.

Las obligaciones nacidas de los contratos por tanto tienen fuerza de ley entre las partes contratantes y **si una no cumple puede exigirse que se cumpla o pedir que se resuelva dicho contrato** según el artículo 1124 del Código Civil.

Se alude a la llamada fuerza vinculante de los contratos, a la eficacia y al vigor de los mismos, para que la parte contractual perjudicada con un incumplimiento de las obligaciones del contrato, tenga a su disposición la tutela judicial efectiva para protegerse de dicho incumplimiento.

**Tampoco está obligado** la parte que sí ha cumplido **a recibir parcialmente** lo que la otra parte se había comprometido a entregar. O puede exigir que se le entregue todo, o resolver directamente el contrato solicitando daños y perjuicios.

### **Requisitos para la resolución de un contrato en Tenerife**

Como en todos los procedimientos abordados en nuestro marco jurídico se imponen unos requisitos. Los requisitos para la resolución de un contrato por incumplimientos de las obligaciones son:

- La existencia de obligaciones recíprocas.

- Que la parte que insta a la resolución haya cumplido su obligación o esté en disposición de cumplirla.

- Y que el incumplimiento sea tan grave que lleve a la frustración del contrato.

Desde **Alvarez Abogados Tenerife** quedamos a su disposición para asesorarle en relación con las cuestiones que a este respecto se le puedan plantear y buscar la estrategia más adecuada en defensa de sus intereses. Contacte con nosotros sin compromiso mediante las distintas opciones disponibles en nuestra web. Confíe en Profesionales del Derecho.

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