Vivienda familiar y custodia compartida

Vivienda familiar y custodia compartida en Tenerife. Uso de la vivienda en la custodia compartida. El Tribunal Supremo establece que el uso de la vivienda familiar en la custodia compartida no se atribuirá indefinidamente a los hijos ni tampoco a uno de los cónyuges. La atribución de la custodia compartida impide el uso exclusivo de la vivienda familiar por uno de los progenitores.

Vivienda familiar y custodia compartida en Tenerife

Qué ocurre con la casa cuando los hijos menores de edad están sometidos a la guarda y custodia compartida, puesto que es uno de los escenarios más habituales con los que nos encontramos hoy en día.

Se determina, en defecto de acuerdo de los cónyuges, varias posibles soluciones de atribución del domicilio, en función de los siguientes factores:

  • La necesidad de compaginar los periodos de estancia de los hijos y los padres, de manera que los hijos puedan disponer de una vivienda cuando estén en compañía de cualquiera de los padres.
  • Y, si la vivienda es privativa de uno de los padres o común, con el fin de no privar indebidamente al titular de sus derechos.

Hijos menores permanecen en la vivienda familiar

Esta medida supone que son los hijos menores son los que se quedan en la vivienda familiar. Es decir, son los padres los que se desplazan en los periodos de convivencia establecidos.

En todo caso, esta medida resulta cada vez menos habitual por los problemas que genera.

Estos son los problemas más habituales:

  • Problemas económicos: obliga a tener tres viviendas en uso, una donde permanezcan los menores y una para cada uno de los padres.
  • Los problemas de índole cotidiana, provocados, por ejemplo, por el pago de la luz o el agua de la vivienda en la que permanecen los menores, o por la limpieza de la misma.
  • Problemas personales para los progenitores, al resultar muy complicado rehacer sus vidas como consecuencia de tener que “mudarse” por semanas o quincenas a la casa en la que residen los menores.

Atribución del uso de vivienda de manera indefinida o temporal

Vivienda familiar y custodia compartida en Tenerife. La duda que surge es si la atribución del uso de la vivienda que fue familiar debe hacerse de manera indefinida o con carácter temporal.

En los casos en los que la vivienda pertenece a ambos cónyuges o, incluso, a aquél al que no se atribuye, el Tribunal Supremo ha establecido que, si no hay riesgo de poner en peligro el régimen de custodia compartida se debe hacer una atribución temporal, con el fin de que el padre o la madre puedan buscar otra vivienda.

Esta atribución temporal del uso es el criterio general en los casos en que ambos progenitores perciban suficiente salario para alquilar una vivienda.

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Alvarez Abogados Tenerife

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